ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Franklin Castrellón | Hace 8 añosEmulando a otros países, Panamá aprobó la Ley 4 de 2017, que creó la figura de la delación premiada como herramienta efectiva en la lucha contra la corrupción. La referida ley, que se aplica a casos anteriores a la vigencia del sistema penal acusatorio, entró en vigor el 17 de febrero de 2017, fecha de su promulgación. El Código Procesal Penal desarrolla esa figura en su artículo 220. En la parte pertinente (Art. 24) la ley establece: “El Ministerio Público y el imputado en compañía de su defensor podrán realizar acuerdos de penas o colaboración, a partir de la diligencia que ordena la indagatoria y antes de la celebración de la audiencia ordinaria”. El acuerdo presupone “la aceptación del imputado de los hechos de la resolución de indagatoria, o parte de ellos, así como de la pena a imponer”, y obliga al acusado a colaborar para el esclarecimiento del delito. Durante la discusión del proyecto, la figura del delator fue desprestigiada por algunos comunicadores que lo confundieron con el “sapo”, peyorativo para el antiguo “informante, ya sea de la policía o de autoridades, que se infiltra en el grupo que desea obtener información”. Este era el típico cliente frecuente de cafeterías, infiltrado en grupos que solía reportar a organismos de inteligencia actividades “sospechosas” de adversarios políticos.