La historia educativa panameña demuestra que uno de los principales obstáculos para la transformación estructural del sistema educativo ha sido la falta de continuidad en las políticas públicas. Cada cambio de gobierno ha significado, en mayor o menor medida, la redefinición de prioridades, la interrupción de programas estratégicos, la modificación de enfoques administrativos y, en algunos casos, el abandono de acuerdos nacionales previamente construidos.
Esta dinámica ha impedido consolidar un verdadero proyecto educativo nacional de largo plazo y ha sometido la educación panameña a ciclos recurrentes de improvisación, fragmentación institucional e inestabilidad programática.
Frente a esta realidad, Panamá necesita avanzar hacia una nueva concepción del Estado educador: la construcción de una política pública educativa con rango constitucional que blinde la educación de las coyunturas político-partidistas y garantice la continuidad histórica de los objetivos nacionales en materia educativa.
La discusión de la reforma integral de la Ley 47 de 1946 ofrece una oportunidad histórica para iniciar este debate de profundidad nacional.
El propósito fundamental de esta propuesta consiste en elevar la educación a la categoría de política permanente de Estado, protegida constitucionalmente y sustentada en un proyecto educativo nacional obligatorio para todos los gobiernos de la República.
Ello implicaría reconocer que la educación:
no puede depender de intereses electorales temporales;
no debe fluctuar según orientaciones partidistas coyunturales;
y no puede continuar subordinada a la visión limitada de cada administración gubernamental.
La educación constituye un asunto estratégico de soberanía nacional, cohesión social, desarrollo humano y supervivencia histórica del país. Por tanto, el Estado tiene la responsabilidad de garantizar su estabilidad institucional más allá de los ciclos políticos ordinarios.
En este sentido, la creación de un título constitucional especializado en educación permitiría establecer principios permanentes de obligatorio cumplimiento para todas las administraciones públicas, independientemente de su orientación política.
Dicho marco constitucional podría establecer:
1. La obligatoriedad de un proyecto educativo nacional de largo plazo
El Estado estaría obligado constitucionalmente a ejecutar políticas educativas estratégicas construidas mediante amplios consensos nacionales.
2. La continuidad obligatoria de las políticas educativas fundamentales
Ningún gobierno podría desmantelar arbitrariamente programas estructurales aprobados como parte del proyecto educativo nacional.
3. La revisión constitucional obligatoria cada seis años
El proyecto educativo nacional sería evaluado y actualizado periódicamente mediante amplios mecanismos de consulta nacional y participación multisectorial.
4. La protección constitucional del financiamiento educativo
La inversión educativa dejaría de depender exclusivamente de prioridades políticas coyunturales.
5. La existencia de mecanismos autónomos de evaluación
La medición de resultados educativos estaría protegida frente a interferencias políticas o administrativas.
6. La protección de la carrera docente
La estabilidad, profesionalización y formación continua del educador serían reconocidas como pilares estratégicos del sistema educativo nacional.
Blindar la educación para proteger el futuro de la República
La constitucionalización de la educación no debe interpretarse únicamente como una reforma jurídica, sino como una transformación profunda del concepto mismo de Estado.
Así como la Constitución protege:
la soberanía nacional,
la integridad territorial,
el régimen democrático,
y los recursos estratégicos del país,
también debe proteger el proyecto educativo nacional, por constituir el principal mecanismo de formación ciudadana, desarrollo científico, movilidad social y construcción de nación.
Ningún país logra desarrollar plenamente su sistema educativo si cada administración cambia prioridades, redefine programas y reinicia políticas según intereses partidistas o personalistas inmediatos.
Las grandes transformaciones educativas requieren:
estabilidad histórica,
continuidad institucional,
visión estratégica,
financiamiento sostenido,
y compromiso nacional de largo plazo.
La educación no puede continuar siendo rehén de la coyuntura política. Debe convertirse en una política pública constitucionalmente protegida, capaz de trascender gobiernos y garantizar la continuidad histórica del desarrollo nacional.
Conclusión
Panamá necesita construir un nuevo pacto educativo de carácter constitucional que convierta la educación en una política permanente de Estado y la blinde de las fluctuaciones político-partidistas.
La verdadera transformación educativa solo será posible cuando el país logre garantizar que la educación deje de ser una política gubernamental temporal y se convierta definitivamente en una política histórica, estratégica y permanente del Estado panameño.
El autor ha sido director general de Educación y viceministro académico.


