La creación de una Policía Municipal mediante un acuerdo aprobado por el Consejo Municipal de Panamá es “inconstitucional”, afirmó el procurador general de la Nación, Luis Carlos Gómez Rudy.

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El procurador opinó que algunas de las facultades atribuidas a la Policía Municipal, como el reclutamiento, la requisa corporal, el registro de vehículos, el uso de la fuerza no letal y letal, la aprehensión y la detención preventiva, entre otras, “contemplan reglas que pueden significar la puesta en funcionamiento de un cuerpo policial paralelo al servicio de policía nacido por ley, lo que contradice el espíritu de la Constitución”.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) había solicitado la opinión jurídica de Gómez Rudy, ante la demanda de inconstitucionalidad presentada por el diputado de la bancada Seguimos, Ernesto Cedeño, contra el Acuerdo Municipal No. 162 del 17 de junio de 2025.

“El procurador ha emitido su vista fiscal, diciendo que es inconstitucional. Coincidió con mi criterio en la demanda. Ahora el caso debe entrar en los alegatos para terminar con el fallo de fondo por parte del pleno de la Corte”, dijo el diputado.

La opinión del procurador no es muy distinta a lo que ya expresaba el presidente José Raúl Mulino, quien el 8 de agosto pasado escribió que la Policía Municipal “no se puede transformar en otra policía”.

“Además de inconstitucional, cada alcalde puede hacer lo mismo y sería un desastre, aparte de los uniformes que se confunden con el SPI. Ojalá se tumbe eso”, advirtió Mulino en X

‘Solo el gobierno puede portar armas’

En su escrito de opinión enviado a la CSJ, el procurador recordó que la Constitución establece que Panamá no tendrá ejército militar y que el presidente de la República es el jefe de todos los servicios de policía, los cuales estarán subordinados al poder civil. También señala que solo el Gobierno podrá portar armas.

Gómez destacó que la Constitución dicta claramente, en su artículo 311, que “para la conservación del orden público, la protección de la vida, honra y bienes de quienes se encuentran bajo la jurisdicción del Estado y para la prevención de hechos delictivos, la Ley organizará los servicios de policía necesarios, con mando y escalafón separados”.

La Policía Municipal de Mizrachi es inconstitucional, opinó el procurador Gómez Rudy
Opinión del Procurador.

Agregó que, en asuntos relacionados con la organización y estructuración de la fuerza pública, “sin lugar a dudas, prevalece el principio constitucional”, un tema que, según dijo, ha sido tratado “muchas veces” por el pleno de la Corte.

Además, añadió que esta norma se extiende a distintas materias, incluyendo lo relativo a las atribuciones municipales.

“Aun cuando la Constitución reconoce al municipio como organización política con cierta autarquía, con gobierno propio, democrático y autónomo, e igualmente promueve su descentralización de competencias, funciones y recursos, nuestra Carta Fundamental también le impone a los órganos municipales los deberes de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes de la República”, sostuvo.

Gómez también citó la Ley 18 de 1997, que es la ley orgánica de la Policía Nacional, en la que se establece la función principal de este cuerpo, conforme a lo dispuesto en la Constitución.

Tras analizar el Acuerdo Municipal No. 162, Gómez le ha dado la razón al diputado Cedeño: las facultades descritas son, en su totalidad, “atribuciones relativas a fuerzas de policía”, por lo que se alejan de las funciones propias del Consejo Municipal.

La CSJ todavía debe adoptar una decisión propia, ya que la opinión del procurador no es vinculante.

Los antecedentes

Fue el pasado 10 de agosto cuando el diputado Cedeño presentó la demanda de inconstitucionalidad.

El Acuerdo 162, aprobado por el Consejo Municipal el 17 de junio de 2025 a solicitud del alcalde Mayer Mizrachi, transformó el antiguo cuerpo de vigilantes municipales, creado para custodiar parques, mercados y bienes del municipio, en una estructura con rangos de tradición policial y militar: cabos, sargentos, tenientes, capitanes y un mayor.

El Ministerio de Seguridad Pública también presentó una demanda, tras alegar que las funciones de esta Policía Municipal invaden competencias que la Constitución reserva a los estamentos de seguridad del Estado.

Anteriormente, la Policía Nacional había presentado una demanda de inconstitucionalidad contra el mismo acuerdo, pero esta no fue admitida.

Para el alcalde Mizrachi, todo se trata de un “ataque político” en su contra. “La Policía Municipal no se la inventó Mayer Mizrachi. La Policía Municipal existía hace 30 años”, dijo en su momento el alcalde.