La Defensoría del Pueblo aclaró que su posición frente al proyecto de ley No. 374, actualmente en discusión en la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional, responde a un análisis estrictamente técnico e institucional.
En un comunicado oficial, la Defensoría del Pueblo precisó que su postura sobre la iniciativa —relacionada con los recursos en materia penal, específicamente casación y revisión— “es de carácter estrictamente técnico, institucional y sin apego político ni partidista, y se formula exclusivamente a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos”.

La entidad explicó que su evaluación se realiza en términos sistémicos y abstractos, con el objetivo de determinar si la legislación procesal penal garantiza de manera adecuada los derechos y las garantías judiciales reconocidas tanto en la Constitución como en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
“La institución indica que su análisis no se realiza en función de personas ni de casos concretos, ni tiene como propósito favorecer o perjudicar a individuo alguno”, explica el comunicado.
En particular, hizo énfasis en el derecho a recurrir el fallo condenatorio y en el acceso a recursos efectivos.
De acuerdo con el pronunciamiento, alrededor de once sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos han sostenido de forma consistente que los mecanismos de impugnación deben ser reales, accesibles y eficaces.
En ese sentido, la Defensoría indicó que su posición institucional se enfoca en que el diseño y funcionamiento de los recursos en el derecho interno sean consonantes con los estándares interamericanos.
La institución también subrayó que no actúa como abogado defensor, no se pronuncia sobre culpabilidad o inocencia, ni sustituye el rol de los tribunales de justicia. Su función, recordó, es velar porque el Estado garantice, mediante sus normas y prácticas, el debido proceso, la igualdad ante la ley y la tutela judicial efectiva.
El pronunciamiento se produce luego de que La Prensa informara sobre la participación del defensor del Pueblo, Eduardo Leblanc, durante el primer debate de la iniciativa presentada por el diputado de Realizando Metas (RM), Jamis Acosta, el pasado 26 de febrero.
Dicho proyecto buscaba modificar el artículo 2030 del Código Judicial y el artículo 191 del Código Procesal Penal para equiparar las vías de impugnación del antiguo sistema inquisitivo con las del modelo procesal vigente, permitiendo que condenados bajo el sistema anterior puedan alegar violaciones de derechos fundamentales mediante el recurso de casación y que sentencias firmes puedan ser revisadas con base en esa causal.
Durante su intervención ante la comisión que preside el diputado de RM, Luis Eduardo Camacho —y así quedó consignado en la noticia—, Leblanc expresó el respaldo institucional al proyecto, aunque insistió en que su exposición debía leerse en clave jurídica. “Mi exposición, al igual que la nota que presentamos, es netamente técnica, sin ningún apego político o partidista, ni en contra de un proceso en particular”, afirmó.
Además, sostuvo la necesidad de garantizar recursos efectivos contra las condenas penales. “El Estado debe garantizar recursos que sean verdaderamente accesibles y eficaces contra una condena penal, con requisitos razonables y no impeditivos. Y debe asegurar un mecanismo extraordinario de revisión”, expresó.
Esta propuesta abriría la puerta a revisar la sentencia condenatoria impuesta al expresidente Ricardo Martinelli (2009-2014), actualmente asilado en Colombia, quien fue condenado a más de 10 años por el caso de blanqueo de capitales conocido como New Business, relativo a la compra de la Editora Panamá América con fondos públicos, fallo que ya se encuentra ejecutoriado.
Vale aclarar que la propuesta de ley no logró avanzar en primer debate porque los diputados de Vamos recordaron que no contaba con el artículo indicativo, una exigencia del reglamento interno de la Asamblea que se coloca al final de un proyecto de ley para precisar cuáles son las normas vigentes que se propone modificar.

