AUTORIDAD MARÍTIMA

Ministro Álvaro Alemán presenta proyecto sobre registros especiales de naves

El proyecto busca ofrecerle a los propietarios de naves y acreedores hipotecarios la oportunidad de inscribir los títulos de propiedad, hipotecas y demás gravámenes.

Ministro Álvaro Alemán presenta proyecto sobre registros especiales de naves
Ministro Álvaro Alemán presenta proyecto sobre registros especiales de naves

El ministro de la Presidencia, Álvaro Alemán, presentó este lunes, 8 de agosto, ante el pleno de la Asamblea Nacional el proyecto de ley sobre registros especiales de naves en la Autoridad Marítima de Panamá (AMP).

El proyecto busca ofrecerle a los propietarios de naves y acreedores hipotecarios la oportunidad de inscribir los títulos de propiedad, hipotecas y demás gravámenes que pesen sobre sus naves, ante la Dirección General de registro Público de Propiedad de Naves de la Autoridad Marítima de Panamá, señala la exposición de motivos del proyecto.

También se indica que el hecho de inscribir dichos documentos en Panamá, mientras se mantiene el registro de bandera en otro país, no le otorga doble nacionalidad a la nave, por el contrario, el registro especial que se plantea busca otorgar la seguridad registral en tema de inscripción de títulos de propiedad y manejo de gravámenes, por el cual se ha caracterizado el registro naval panameño.

En ese sentido, Alemán explicó que el proyecto de ley ofrece básicamente dos alternativas: la primera opción es que la nave que ya tenga registro en Panamá pueda renunciar a la nacionalidad, dejando inscritos en el Registro de Propiedad de naves el título de propiedad y los gravámenes que se hayan constituido hasta ese momento sobre la nave, pero con la opción de que permanezca el historial para futuros traspaso.

La segunda, que aquellas naves que contando con la nacionalidad de un país extranjero sobre la base de contratos de arrendamiento financiero se les pueda tramitar o incluso de fletamento a casco desnudo, pero en los cuales no se pueda o no se opte por registrar el título de propiedad, por las razones, se les pueda tramitar dicho título y los gravámenes correspondientes, sin que se tenga que renunciar o que el registro especial de propiedad implique una segunda nacionalidad.

 


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