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Las áreas protegidas son bienes de dominio público reservados legalmente para cumplir objetivos de conservación e investigación de los recursos naturales, y el Ministerio de Ambiente es el ente que las regula. Sin embargo, su poca eficacia ante conflictos, como los de Donoso, Isla de Cañas, Mata Oscura y Camino de Cruces, preocupa cada día más a la sociedad civil organizada y hasta a la Procuraduría de la Administración. Desafortunado sería que esta institución deje de cumplir sus funciones de planificar, evaluar y controlar el uso y manejo de los recursos naturales, y que como consecuencia de semejante absurdo se causen daños irreversibles al mantenimiento del equilibrio ecológico, la protección del ambiente y el bienestar de la población. El presidente de la República tiene la obligación constitucional de coordinar la labor de la administración y no puede obviar el cumplimiento de esa atribución. Su acción inmediata y la de su subalterno no pueden esperar más. Su silencio los haría estar del lado de los depredadores de nuestros recursos.

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