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JUSTICIA UNIVERSAL

España archiva investigación por genocidio en Tíbet

Esta jurisprudencia podría afectar otros casos relacionados con la citada jurisdicción universal, como el de la Flotilla de la Libertad de Gaza.

España archiva investigación por genocidio en Tíbet
España archiva investigación por genocidio en Tíbet

El Tribunal Supremo español confirmó hoy el archivo de las investigaciones del genocidio del Tibet y la persecución a los seguidores del movimiento religioso Falung Gong, ambas relacionadas con la aplicación de la Justicia Universal y vinculadas con China.

La decisión, tomada por unanimidad por la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, confirma la resolución de la Audiencia Nacional y genera jurisprudencia sobre el alcance de la llamada Justicia Universal después de la reforma legislativa que se llevó a cabo en España en 2014.

Los dos casos citados fueron investigados en la Audiencia Nacional y archivados después de la citada reforma, que limitó el alcance de la jurisdicción universal para delitos contra la humanidad cometidos en otros países, pero los afectados recurrieron ante el Tribunal Supremo, que hoy confirmó el archivo.

La Audiencia Nacional archivó en junio de 2014 ambas causas porque tras la citada reforma no se cumplen los requisitos para investigarlas en España: los ocho querellados no son españoles ni residen en este país, ni se denegó su extradición por parte de las autoridades españolas.

Los fundamentos jurídicos que sentarán jurisprudencia sobre cómo debe interpretarse la jurisdicción universal tras la reforma todavía no han sido redactados y serán divulgados en los próximos días.

Esta jurisprudencia podría afectar -o no- a otros casos relacionados con la citada jurisdicción universal sobre los que debe decidir el Supremo en las próximas semanas, como el archivo de las investigaciones de los asesinatos del religioso Ignacio Ellacuría en El Salvador y del diplomático Carmelo Soria en Chile, ambos españoles, o el caso de la Flota de la Libertad de Gaza.

En estos caso el Supremo debe indicar si corresponde o no el archivo en función de si en los países en donde ocurrieron los hechos se hizo o no una adecuada investigación judicial de los mismos.

Tras la reforma legislativa de 2014 se limita el alcance la jurisdicción universal, aunque permite a la Audiencia Nacional investigar delitos contra la humanidad cometidos en el exterior si los acusados se encuentran en España, alguna de las víctimas tiene nacionalidad española o "existe algún vínculo de conexión relevante en España".

Además, es necesario que se demuestre que los tribunales del país en donde tuvieron lugar los hechos no han realizado el enjuiciamiento o la investigación judicial de los mismos, asunto que es clave en los casos de Ellacuría, Soria y Flota de la Libertad.


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