El presidente José Raúl Mulino sancionó la Ley 524 del 26 de mayo de 2026, que endurece las penas para el delito de estafa mediante reformas a los artículos 220 y 221 del Código Penal.
La nueva norma incrementa las sanciones para quienes, mediante engaño, obtengan un provecho ilícito en perjuicio de otra persona. A partir de ahora, la estafa simple será castigada con penas de prisión de tres a seis años.
Además, la pena podrá aumentar hasta en un tercio cuando el delito se cometa abusando de relaciones personales o profesionales; a través de medios cibernéticos o informáticos; cuando la lesión patrimonial supere los $50 mil y no exceda los $100 mil; cuando exista usurpación de identidad; o si el hecho afecta a la administración pública o a entidades de beneficencia por montos de hasta $10 mil.
La Ley 524 también establece que la estafa agravada será sancionada con penas de siete a doce años de prisión en casos donde el perjuicio económico exceda los $100 mil, cuando el delito sea cometido por apoderados, gerentes o administradores en ejercicio de sus funciones, o cuando afecte a la administración pública o instituciones de beneficencia por montos superiores a $10 mil.
La normativa modifica formalmente los artículos 220 y 221 del Texto Único del Código Penal.
La propuesta fue aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 30 de abril. La iniciativa surgió en medio del incremento de denuncias por fraudes y estafas en el país, incluyendo delitos cometidos mediante plataformas digitales y suplantación de identidad.


