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David Murcia Guzmán y Ernesto Chong Coronado, condenados a 10 años de prisión por captación masiva e ilegal de dinero

David Murcia Guzmán y Ernesto Chong Coronado, condenados a 10 años de prisión por captación masiva e ilegal de dinero
Murcia Guzmán, fundador del grupo DMG, fue detenido el 17 de noviembre de 2008 en Panamá y deportado luego a Colombia. Archivo

El juez tercero liquidador adjunto de causas penales del Primer Circuito Judicial de Panamá, Fernando Basurto, condenó a 10 años de prisión al colombiano David Murcia Guzmán y al panameño Ernesto Chong Coronado, en calidad de autor y cómplice primario, respectivamente, por la comisión del delito contra el orden económico en la modalidad de delitos financieros, específicamente por la captación de manera masiva y habitual de recursos económicos del público sin autorización competente.

La investigación de este caso se inició de oficio el 19 de noviembre de 2008, por el Departamento de Operaciones de la Fiscalía Especializadas en Delitos Relacionados con Drogas del Ministerio Público (MP).

Los elementos de convicción aportados por el MP dieron constancia de una actividad empresarial dedicada a la captación comercial y habitual de dinero a cambio de recibir beneficios porcentuales en concepto de dividendos, sean bienes de consumo o un interés porcentual en un determinado período de tiempo, sin estar autorizados y regulados. Para ello se utilizaron diversas sociedades anónimas que se transferían los ingresos entre sí, constituidas y dirigidas por Murcia Guzmán, quien se beneficiaba de la actividad, administrada por la empresa liderada por Chong Coronado, bajo contrato de servicios profesionales.

En su sentencia condenatoria, con fecha 29 de julio de 2022, el juez advierte que: “la actividad anterior, sea pirámide o no, en nuestro país constituye una conducta reprochable, al no estar autorizado para recolectar dinero al público, por lo tanto [el sancionado, en calidad de autor], debió prever que su actuar era contrario a derecho (...)”.

El juzgador también decretó como pena accesoria la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas para los sancionados, por tres años, una vez cumplida la pena principal. Asimismo, se ordenó el comiso de todos los bienes aprehendidos por esta causa, conforme lo indica el artículo 75 del Código Penal, e instó a los querellantes constituidos a que acudan por la vía civil a presentar sus reclamaciones.

De acuerdo con el informe de la Dirección de Investigación Judicial (División de Blanqueo de Capitales) que consta en el expediente, las empresas DMG y relacionadas, en los periodos 2006-2008, captaron –de manera masiva y habitual– recursos financieros sin autorización por $15,589,452.73 provenientes de 3 mil 268 tarjetahabientes y 7 mil 269 contratos, en la actividad de “pirámide”.

La audiencia ordinaria por este caso se desarrolló el pasado 20 de junio y participaron el fiscal de descarga de circuito, César Pereira; la asistencia legal estuvo a cargo de los defensores técnicos particulares Ana Belfon y Gustavo Sierra; mientras que por la querella participaron los abogados Kevin Pérez y Yaison Martínez.


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