El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá confirmó el auto emitido por una jueza de cumplimiento que negó la solicitud de sustitución de la pena de prisión por trabajo comunitario al exalcalde del distrito de Colón, Dámaso García.
El tribunal estuvo conformado por los magistrados Naida Cáceres, quien lo preside, José Correa y Carlos Barragán, este último con salvamento de voto.
La solicitud fue presentada por el defensor técnico particular Franklin Ábrego, a favor de García, quien fue condenado por un delito contra la administración pública, en la modalidad de peculado doloso agravado.
Durante la audiencia, y tras escuchar los argumentos de la defensa y los planteamientos del Ministerio Público, el tribunal decidió mantener la pena de 60 meses de prisión, al considerar improcedente su sustitución por trabajo comunitario, que se pretendía cumplir en el Centro Regional Universitario de Colón de la Universidad de Panamá.
La decisión se sustentó en lo dispuesto en el artículo 65 del Código Penal, que otorga al juez de cumplimiento la facultad discrecional de conceder o negar la sustitución de la pena de prisión por trabajo comunitario, aun cuando la sanción impuesta sea de hasta 60 meses, siempre que se evalúen los requisitos legales y la naturaleza del delito.
Asimismo, el Tribunal precisó que la imposición de las penas debe regirse por los principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad. En ese sentido, consideró inapropiado que una persona condenada por hechos de corrupción se beneficie con la sustitución de la pena de prisión por trabajo comunitario.
Este caso se originó en una sentencia dictada por la jueza liquidadora de causas penales de la provincia de Colón, Gloria González de Vergara, quien declaró penalmente responsable al exalcalde por diversas modalidades de peculado en perjuicio del Municipio de Colón, condenándolo a cinco años de prisión.
En específico, la condena contra García se produjo tras una investigación adelantada por la Fiscalía Anticorrupción, en la que se determinó una lesión patrimonial al Estado por $59 mil a través de la contratación irregular de personal en el Municipio de Colón.
Según las pesquisas, esta lesión se produjo a través de la contratación de un grupo de personas a las que se les pagó sus honorarios, pero que no se presentaban a sus puestos de trabajo. Es decir, eran lo que ordinariamente se denomina “botellas”.
Las irregularidades fueron detectadas por la fiscalía entre los años 2009-2014, cuando García se desempeñó como alcalde del distrito de Colón.

