El derecho fundamental de todo trabajador a un salario mínimo fue una de las grandes conquistas sociales del siglo pasado. Es un acto de justicia que no permite distinción alguna, menos aún si la excepción se hace en base al empleador.
El Estado mantiene una planilla con miles de panameños que cobran por debajo del mínimo acordado. El doble estándar no es admisible. Pero, además del acto de justicia a los funcionarios, hay un elemental principio moral. ¿Cómo puede el Estado exigir a la empresa privada garantizar un mínimo de remuneración, cuando ni siquiera él mismo cumple con esta obligación? Es una brecha que no responde a equidades ni a derechos laborales ni a justicia social.
El Estado no puede ser patrocinador de injusticias ni mucho menos promover distintas clases de trabajadores, so pretexto de una legislación desfasada. El salario mínimo es una compensación para todo aquel que realiza un trabajo, es un derecho humano y no un privilegio o una imposición para la empresa privada, que el Estado puede alegremente desconocer.
