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Hoy por Hoy 2004/04/11

De acuerdo con el artículo 255 de la Constitución Nacional, las playas y riberas de los ríos pertenecen al Estado y son de uso público y, por consiguiente, no pueden ser objeto de apropiación privada. Por tal razón, resulta inaceptable que, de manera arbitraria y sin autorización, empresas constructoras se presten para colaborar con personas inescrupulosas que actuando al margen de la ley deciden construir edificaciones, cercar áreas de playa y similares, en abierto desafío al orden constitucional y legal, ante la muda tolerancia de las autoridades competentes. Basta ya de abusos y atropellos. Lo que corresponde ahora y se hace imperante es que, frente a esta situación, se impongan los correctivos y quienes irresponsablemente actúan contra las normas, carguen finalmente con las consecuencias de sus actos y el costo que ello conlleve.

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