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“El juez está obligado a abstenerse de intervenir en aquellas causas en las que se vea comprometida su imparcialidad o en las que un observador razonable pueda entender que hay motivo para pensar así”. Este es el texto del artículo 13 del Código de Ética Judicial, aprobado por la Corte Suprema de Justicia en el año 2008. Para cualquier observador, las actuaciones que realizó como procurador general de la Nación, en los asuntos vinculados a Financial Pacific (FP), despojan de toda imparcialidad al magistrado presidente de nuestra más alta corporación de justicia. ¿Por qué insiste en desconocer las causales que justifican su impedimento? Día con día, más actores de la sociedad civil, exmagistrados de la Corte, y distintas voces de todos los sectores reclaman que se aparte como magistrado juez de garantías del caso FP. Para que sea eficaz, la administración de justicia tiene que tener legitimidad, producto de la credibilidad de quienes actúan en ella. La participación del presidente de la Corte en el caso FP levanta un telón de sospechas que el país no puede tolerar. Mantener este curso de acción, lleva a la justicia a un callejón sin salida.

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