Oficialmente, el cannabis fue incluido en la Lista de Sustancias Controladas permitidas en Panamá para fines médicos y científicos por parte del Ministerio de Salud (Minsa).
Así quedó establecido en la Resolución N.° 200 del 26 de septiembre de 2025, publicada en la Gaceta Oficial este jueves 16 de octubre.
En el artículo 1 del decreto se establecen las sustancias controladas que estarán permitidas en el territorio nacional. Específicamente, el cannabis aparece en el renglón de “Sustancias estupefacientes sujetas a control por organismos internacionales”.
En esta misma categoría figuran la codeína, el fentanilo, la hidrocodona, la metadona, la morfina, la oxicodona, la petidina, el remifentanilo y la benzoilecgonina (utilizada como patrón estándar para el Ministerio Público).
Según la resolución del Minsa, “para incluir nuevas sustancias al listado oficial que estén contempladas en las listas de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, con su Protocolo de Modificación de 1972, el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971 y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988, será necesario realizar la solicitud a la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas para su evaluación y aprobación.”


La Ley N.° 242, que regula el uso médico y terapéutico del cannabis y sus derivados en Panamá, cumplió el pasado 13 de octubre cuatro años de haber sido sancionada por el expresidente Laurentino Cortizo.
No obstante, pacientes han denunciado que la implementación de la ley sigue estancada y que continúan sin acceso real a los medicamentos. Así lo manifestó Carlos Ossa, paciente con esclerosis y defensor del uso del cannabis medicinal.
El vocero señaló que “la ley es clara en cuanto a que los pacientes deben ingresar al registro único para acceder a los medicamentos. Pero ese registro no existe, y eso ha sido una barrera enorme para quienes necesitamos estos tratamientos. Cuatro años después, seguimos esperando que se cumpla lo prometido.”
Ossa también indicó que la Ley 242 autoriza únicamente a siete empresas para encargarse de la importación, cultivo, producción y comercialización de productos derivados del cannabis. Sin embargo, estas empresas aún no están operando, lo que agrava la situación de los pacientes que dependen de estos productos para su bienestar.
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