Los vehículos eléctricos en Panamá cuentan con la misma garantía legal que los autos de combustión interna, según lo establece la Ley 45 de 2007.
Así lo informó la Autoridad Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), que detalló que para los vehículos nuevos, la cobertura es de un año o 30,000 kilómetros, lo que ocurra primero, y aplica a defectos de fabricación que afecten el funcionamiento, la seguridad o el desempeño del automóvil.
En caso de problemas, el vendedor debe reparar, reemplazar el vehículo o devolver el dinero al comprador en un plazo máximo de 30 días hábiles.
Para los autos usados, la garantía es de seis meses o 15,000 kilómetros, y cualquier extensión ofrecida debe constar por escrito.
Cabe destacar que estas garantías aplican solo a transacciones con concesionarios o agentes económicos, no a ventas entre particulares.
Hasta ahora, no se han registrado reclamos sobre irregularidades en la compra de vehículos eléctricos en Panamá, informó la institución.
Consejos para quienes compran un vehículo eléctrico
Revisar la documentación y ficha técnica del vehículo.
Verificar la capacidad y garantía de la batería (kWh y tiempo de cobertura).
Evaluar la disponibilidad de estaciones de carga públicas y residenciales.
Confirmar la velocidad de carga que soporta el vehículo y compatibilidad con cargadores rápidos.
Analizar el costo total de propiedad, incluyendo consumo eléctrico y mantenimiento.
Revisar garantías adicionales y servicios postventa.
Considerar opciones de financiamiento disponibles.
Incentivos y ventajas fiscales
La Acodeco detalló que la Ley N.º 295 de 2022 promueve la movilidad eléctrica en Panamá con beneficios como:
Exención total del impuesto de importación para autos eléctricos 0 km hasta 2030 (5% a partir de 2031).
Exoneración del pago por trámite de placa durante cinco años.
Facilidades para instalar infraestructura de carga y fomentar el uso de energías renovables.


