El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá (Coneaupa), organismo adscrito al Ministerio de Educación (Meduca), encargado de evaluar y acreditar la calidad de las universidades del país, quedó bajo la lupa tras una controversia interna relacionada con el trámite de un permiso de funcionamiento universitario.
La situación puso la atención sobre la estructura y las atribuciones de una entidad cuyas decisiones tienen impacto en la acreditación de instituciones, carreras y programas de educación superior.
El Coneaupa fue creado mediante la Ley 52 del 26 de junio de 2015, que estableció el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de Panamá.
La normativa le asignó la responsabilidad de desarrollar políticas, establecer criterios de evaluación y coordinar los procesos de acreditación universitaria con el propósito de fortalecer la calidad de la educación superior.
Un organismo bajo cuestionamientos internos
El Coneaupa cobró nuevamente relevancia luego de una diferencia surgida durante una sesión extraordinaria celebrada el 17 de julio entre el presidente encargado del organismo, Luis Herrera, y la secretaria ejecutiva, María del Carmen Terrientes de Benavides.
El intercambio ocurrió mientras el pleno del Consejo analizaba una presunta irregularidad en el trámite del permiso de funcionamiento de una universidad.
Según una carta enviada por la ministra de Educación, Lucy Molinar, a Terrientes de Benavides, el Consejo discutía una situación relacionada con el proceso de autorización de funcionamiento de una institución de educación superior, que habría tenido origen en actuaciones de la Secretaría Ejecutiva.
En la comunicación, Molinar señaló que el pleno del Coneaupa adoptó medidas correctivas para garantizar el debido proceso. Sin embargo, la carta no identifica la universidad involucrada ni detalla cuál fue la irregularidad detectada.
El episodio generó nuevas interrogantes sobre el funcionamiento interno del Consejo y sobre los integrantes que participan en las decisiones relacionadas con la evaluación y acreditación universitaria.

Un consejo con representantes del Estado, universidades y otros sectores
El artículo 21 de la Ley 52 de 2015 establece que el Coneaupa está integrado por 11 miembros ad honórem, es decir, que ejercen sus funciones sin recibir remuneración.
Su composición reúne representantes del Estado, universidades oficiales y particulares, sector empresarial, organizaciones profesionales y del sistema educativo nacional.
La presidencia corresponde al ministro de Educación o su representante, quien tiene derecho a voz y voto únicamente en caso de empate.
También forman parte del consejo el ministro de Economía y Finanzas o su representante y el secretario nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Senacyt) o su representante.
Además, participan el presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes de la Asamblea Nacional o su representante, y el presidente de la Comisión Técnica de Desarrollo Académico o su representante.
El sector universitario tiene representación mediante dos miembros de las universidades oficiales y dos de las universidades particulares.
Lea la Ley 52 del 26 de junio de 2015, que estableció el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de Panamá:
Adjuntos
51278.pdfA estos se suman un representante del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), un miembro de las organizaciones de profesionales de Panamá y un representante del Consejo Nacional de Educación.
El secretario ejecutivo del Coneaupa también integra el consejo, aunque la ley establece que participa únicamente con derecho a voz.
La integración busca combinar la visión del Estado, la academia, el sector productivo y organizaciones vinculadas con el desarrollo nacional en las decisiones sobre educación superior.
¿Cuáles son las funciones del Coneaupa?
Las atribuciones del Coneaupa están establecidas en el artículo 23 de la Ley 52 de 2015.
Entre sus principales responsabilidades está desarrollar las políticas del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, además de establecer los lineamientos conceptuales y metodológicos que orientan estos procesos.
También tiene la facultad de aprobar los proyectos de reglamentos que desarrollan la ley, así como su plan operativo anual y presupuesto.
Otra de sus funciones es presentar ante el Ministerio de Educación el presupuesto anual del Coneaupa y de la Comisión Técnica de Desarrollo Académico.
Evaluación y acreditación universitaria
Una de las funciones centrales del Coneaupa es acompañar a las universidades durante los procesos de evaluación y acreditación.
Para ello, debe ofrecer asesoría técnica, acompañamiento y formación a las instituciones de educación superior, además de verificar el cumplimiento de los planes de mejoramiento institucional que surgen después de las evaluaciones.
El Consejo también coordina las evaluaciones externas mediante pares académicos independientes, quienes analizan el cumplimiento de los estándares de calidad establecidos para instituciones, carreras y programas.
Una vez concluidos estos procesos, emite públicamente las certificaciones de acreditación para aquellas instituciones que cumplen con los criterios establecidos.
Estas certificaciones permiten determinar si las universidades mantienen condiciones adecuadas de calidad académica, gestión institucional y cumplimiento de los estándares definidos por el sistema nacional.

Autorización y seguimiento de universidades
Dentro de sus atribuciones, el Coneaupa también prepara informes técnicos sobre la viabilidad de proyectos institucionales relacionados con la autorización o cancelación del funcionamiento de universidades.
Esta función tiene relevancia porque sus análisis pueden influir en procesos vinculados con el reconocimiento y permanencia de instituciones de educación superior en Panamá.
La normativa también le asigna tareas de capacitación en evaluación, acreditación y gestión de calidad, así como la promoción de vínculos de cooperación con agencias nacionales e internacionales especializadas.
Además, el artículo 23 establece que el Coneaupa debe nombrar, mediante concurso público, al secretario ejecutivo y al secretario adjunto del organismo.
Por sus atribuciones, el Coneaupa ocupa un papel central dentro del sistema universitario panameño. Sus decisiones tienen efectos en la evaluación de instituciones, carreras y programas, así como en los mecanismos utilizados para garantizar estándares de calidad.
La controversia reciente volvió a poner la atención sobre una entidad cuyas decisiones suelen pasar desapercibidas, pero que tienen impacto directo en el funcionamiento y reconocimiento de las universidades del país.


