NORMAS YA ESTáN VIGENTES

Concejo de Panamá reglamenta el uso de las imágenes del sistema de videovigilancia

Concejo de Panamá reglamenta el uso de las imágenes del sistema de videovigilancia
Concejo de Panamá reglamenta el uso de las imágenes del sistema de videovigilancia

Las imágenes logradas con los equipos del sistema de videovigilancia son de uso exclusivo del Municipio de Panamá y solo serán cedidas o copiadas “a solicitud formal” de los estamentos u organismos de seguridad del Estado, Ministerio Público y Órgano Judicial.

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Así consta en el acuerdo No. 267 de 14 de noviembre de 2017, que tiene como objetivo reglamentar el uso de las imágenes obtenidas con las cámaras del sistema de vigilancia.

Este acuerdo del Consejo Municipal de Panamá ya está vigente y fue publicado en la Gaceta Oficial No. 28423-A este martes 12 de diciembre.

La reglamentación de la utilización de las imágenes recalca que son de uso restringido dentro de la Alcaldía de Panamá y solo tendrán acceso a ellas el alcalde de Panamá, el vicealcalde, el secretario general del municipio, el director de seguridad municipal y su subdirector, y los funcionarios adscritos al centro de operaciones para la seguridad ciudadana.

Además, la Alcaldía de Panamá podrá emplear las imágenes captadas por el sistema con el fin de apoyar a los agentes administrativos competentes en el cumplimiento de sus funciones.

Ese apoyo es para detectar cualquier tipo de construcciones, mejoras, adiciones, demoliciones o movimientos de tierra sin los correspondientes permisos emitidos por el Municipio de Panamá.

También se apoyará en la vigilancia y en la seguridad de los mercados, parques municipales, aceras, veredas, peatonales, isletas, áreas verdes, entre otros.

Se podrá documentar la existencia de vehículos abandonados en las calles y áreas de estacionamiento público.

“La Alcaldía de Panamá podrá ordenar la difusión pública de las imágenes captadas en el sistema para identificar a una persona que haya incurrido en un hecho o falta que sea competencia de alguna autoridad”, se indicó en el artículo No. 10 del acuerdo.

 


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