Blindan a funcionarios de la Asamblea Nacional con modificaciones a la ley de carrera administrativa

Esta medida, vigente por seis meses, deroga un artículo de la Ley 12 de 1998 que regula la carrera de servicio legislativo.

Blindan a funcionarios de la Asamblea Nacional con modificaciones a la ley de carrera administrativa
Asamblea Nacional de Diputados. Archivo

Los funcionarios de la Asamblea Nacional tienen un nuevo blindaje, con la reciente sanción de la ley que flexibiliza la entrada a la carrera administrativa legislativa.

La aprobación de la Ley 429 del 18 de abril de 2024, publicada en la Gaceta Oficial, flexibiliza el ingreso a la carrera administrativa legislativa, permitiendo que los funcionarios que hayan desempeñado funciones permanentes durante al menos dos años ingresen directamente a la carrera del servicio legislativo.

Esta medida, vigente por seis meses hasta octubre próximo, deroga un artículo de la Ley 12 de 1998 que regula la carrera de servicio legislativo.

Originalmente, el artículo establecía que “todo panameño, sin distinción alguna, puede aspirar a desempeñar un cargo público en la Asamblea Legislativa, siempre que cumpla los requisitos de ingreso establecidos en la Ley 12 de 1998 y sus reglamentos”.

Estos requisitos, según el artículo 13 luego de su reforma en 2010, incluían un concurso de antecedentes, exámenes de libre oposición, evaluaciones de ingreso y cualquier combinación de los anteriores.

El gasto en salarios de la Asamblea Nacional ha alcanzado los $8.7 millones el mes marzo de 2024, cubriendo a una planilla de 4,330 funcionarios.

Según el segundo artículo de la Ley 429, durante este período, los funcionarios podrán ingresar directamente a la carrera del servicio legislativo si cumplen con los requisitos básicos del Manual de Clases Ocupacionales para su cargo, que incluyen: educación formal necesaria, conocimientos necesarios técnicos, habilidad para interpretar instrucciones y capacidad para las relaciones interpersonales. Además, deben haber mantenido una asistencia continua a su puesto de trabajo.

Los funcionarios que no estén ejerciendo su posición permanente y estén desempeñando funciones dentro de la estructura administrativa de la Asamblea Nacional deberán retornar a su posición original en el plazo establecido para poder ingresar a la carrera del servicio legislativo.

Blindan a funcionarios de la Asamblea Nacional con modificaciones a la ley de carrera administrativa
Ley 429 del 18 de abril 2024.

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