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Magistrada advierte que la Corte debió examinar la legalidad de la Policía Municipal de la Alcaldía de Panamá

En un salvamento de voto, la presidenta de la Sala Penal, Maribel Cornejo, manifestó que la organización de cuerpos policiales corresponde al legislador y no a los municipios.

Magistrada advierte que la Corte debió examinar la legalidad de la Policía Municipal de la Alcaldía de Panamá
Mayer Mizrachi, alcalde de Panamá, durante un entrenamiento de la Policía Municipal. Foto: @Mayer en X

La magistrada Maribel Cornejo Batista advirtió que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) debió acoger la demanda contra el Acuerdo 162 de 2025, que creó la Policía Municipal de la Alcaldía de Panamá, ante posibles violaciones a la Constitución.

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El Pleno de la CSJ no admitió la demanda que presentó la Policía Nacional por considerar que el reclamo “no desarrolla un debate que se ajuste al objetivo de la demanda de inconstitucionalidad, habida cuenta que la mayoría de los reproches desarrollados se enmarcan dentro del marco de legalidad”.

En su escrito de salvamento de voto, Cornejo manifestó que, a su criterio, el demandante sí planteó conceptos de infracción “con el grado de claridad que hacía lugar el examen de fondo”.

La Policía Nacional señala que el artículo 310 de la Constitución, que establece una reserva de ley para la organización de los servicios de policía. El Acuerdo Municipal 242 habría “quebrantado” dicho artículo.

Magistrada advierte que la Corte debió examinar la legalidad de la Policía Municipal de la Alcaldía de Panamá
Marinel Cornejo, magistrada de la Corte Suprema de Justicia. LP/Archivo

“El demandante planteó conceptos de infracción a los artículos 310 y 242 de la Constitución con el grado de claridad que hacia lugar el examen de fondo. Sobre el artículo 310 refirió que establece una reserva de ley para la organización de servicios de policía y como el acuerdo no es tal, entonces resulta quebrantado”, escribió textualmente.

El Acuerdo 162, aprobado por el Consejo Municipal de Panamá el 17 de junio de 2025 y posteriormente publicado en la Gaceta Oficial 30339 del 7 de agosto de 2025, transformó el Servicio de Vigilancia Municipal en una Dirección de Policía Municipal con facultades como uso de armas de fuego, aprehensión de ciudadanos, requisas corporales y una estructura de mandos.

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El alcalde de Panamá, Mayer Mizrachi, junto a integrantes de la Policía Municipal. Tomada de Instagram

Luego de que la CSJ no admitiera la acción de la Policía Nacional, el Ministerio de Seguridad Pública impugnó el acuerdo municipal ante la Sala Tercera de lo Contencioso. La ponente del caso es la magistrada María Cristina Chen, presidenta de ese poder del Estado.

El debate cobró mayor relevancia tras el incidente del 3 de agosto en el edificio Hatillo, donde un agente municipal golpeó a un manifestante durante una protesta.

Alberto Llerena, el ciudadano agredido se encuentra en cuidados intensivos en el Hospital Santo Tomás.


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