Por disposición del artículo 151 de la Constitución Política de la República de Panamá los partidos políticos pueden revocarle el mandato a los diputados que hayan postulado. La exigencia principal es que dicha revocatoria se encuentre establecida en los estatutos del respectivo partido político.
Aunque el artículo 154 de la Constitución excluye de toda responsabilidad a los diputados por sus opiniones o votos dentro del ejercicio de sus funciones, esta limitación solo se aplica a la responsabilidad civil o penal, no así a la responsabilidad política.
El sendero de un largo proceso
El proceso de revocatoria de mandato a los diputados tiene cinco instancias. Hay dos instancias dentro del partido político, luego vienen otras dos instancias dentro del Tribunal Electoral (TE) y, finalmente, si se admite el caso, hay una instancia ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia. Si el diputado o diputada a quien le ha sido revocado el mandato recibe una decisión contraria por parte de la Corte, entonces la pérdida de su mandato sería definitiva.
Las curules vacantes
En el caso de los 15 diputados de Cambio Democrático (CD) vinculados al proceso de revocatoria de mandato hay cuatro que no tienen suplentes: Yanibel Ábrego, Fátima Agrazal, Mayín Correa y José María Herrera.
Según el artículo 479 del Código Electoral se deben realizar elecciones parciales para llenar las cuatro curules vacías, siempre y cuando este vacío se dé antes del último año del término para el que fueron electos los diputados revocados. Un simple cálculo de las etapas procesales de la revocatoria de mandato sugiere que el fallo de la Corte podría tardar al menos unos nueve meses. Lo que produciría la revocatoria en una fecha cercana al inicio del último año del periodo de los diputados revocados.
En ese escenario, suponiendo que la revocatoria fuera respaldada por la Corte en un fallo que se diera a conocer, aproximadamente, en marzo del año 2023, el tiempo disponible para organizar los comicios parciales en los cuatro circuitos, que perdieron un diputado, no sería suficiente para que el TE efectuara estas elecciones antes de la primera semana del mes de mayo del año 2023, por lo que en la práctica, la Asamblea Nacional tendría un número de 67 diputados y diputadas hasta el final del periodo constitucional, el 30 de junio del 2024.
Las consecuencias políticas e institucionales de la revocatoria de mandato de los 15 diputados del partido CD equivalen a un terremoto parlamentario. No solo cambia el balance de fuerzas, sino que los números para hacer quórum, y el voto de cada diputada o diputado aumentará enormemente de valor, tanto para el poder Ejecutivo como para la bancada del Partido Revolucionario Democrático en la Asamblea Nacional. Esta historia apenas se empieza a escribir.


