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Contrataciones Públicas: Tres voces de un proyecto de ley que murió en la cuna

Autoridades advirtieron sobre la viabilidad jurídica del proyecto de ley de contrataciones públicas.

En 2022, el gasto en intereses reportado por el Ministerio de Economía y Finanzas se redujo respecto al ejercicio anterior debido al diferimiento del pago de $364 millones, que deberán ser pagados entre julio de 2024 y diciembre de 2026. Archivo El proyecto de ley, que fue rechazado, proponía varios cambios a la Ley 22 de 2006 de Contrataciones Públicas. Archivo

El rechazo del proyecto de Ley 14 de 2024, que proponía modificar la Ley 22 de 2006 para impedir que el Estado panameño contratara con empresas con antecedentes de corrupción, ha generado inquietud en el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y otras dos autoridades gubernamentales.

Fausto Fernández, viceministro de Finanzas, en una carta dirigida a Ronald de Gracia, presidente de la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional, advirtió que el proyecto carecía de “viabilidad jurídica” y violaba principios constitucionales.

La propuesta presentada por el diputado Augusto Palacios, de la coalición independiente Vamos, buscaba establecer criterios más estrictos para vetar a compañías involucradas en actos ilícitos, evitando su participación en licitaciones y procesos de contratación pública. Sin embargo, tras una votación cerrada, el proyecto fue rechazado por la mayoría de los integrantes de la comisión.

Fernández subrayó que el proyecto pretendía imponer una inhabilitación sin que hubiera una sentencia judicial que declarara la culpabilidad de las empresas involucradas.

Observamos que el impedimento o inhabilitación que se pretende crear con el nuevo numeral 9, no es el resultado de una sentencia que impone pena o sanción por la comisión de un delito o porque así lo dispuso un resuelto administrativo”, señaló en la misiva del 25 de septiembre.

Además, explicó que la propuesta transgredía los artículos 31 y 32 de la Constitución, que garantizan el derecho al debido proceso y la presunción de inocencia. El viceministro de Finanzas concluyó que el proyecto era inviable desde el punto de vista jurídico y no podía aplicarse sin generar conflictos legales.

Estas palabras habrían sido decisivas para la decisión que tomó la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional, que rechazó el proyecto de ley por cinco votos a cuatro, lo que desató una ola de críticas.

González y Marquínez también opinaron

Rigoberto González, procurador de la Administración, también había expresado previamente su desacuerdo con la propuesta legislativa. El 28 de agosto, González emitió una carta a la Comisión de Economía y Finanzas en la que expuso que la propuesta no era jurídicamente viable, pues extendía los efectos de una sanción penal a un tercero sin que su responsabilidad hubiera sido determinada en un tribunal penal.

”El alcance de la inhabilitación que se propone en el proyecto de ley podría vulnerar derechos fundamentales establecidos en nuestra Constitución, como el principio de inocencia y el derecho al debido proceso”, indicó González.

El procurador enfatizó que la potestad de legislar en materias de inhabilitación por causas penales corresponde exclusivamente a ciertos órganos y funcionarios del Estado, de acuerdo con la Constitución Política de Panamá.

Para González, es indispensable que cualquier reforma en esta materia se ajuste estrictamente a lo dispuesto en la Constitución y que se garantice que cualquier sanción fuera impuesta únicamente tras un proceso penal con todas las garantías legales.

Por su parte, Javier Marquínez, director general de Contrataciones Públicas, también se sumó a las voces que no respaldaron el proyecto.

En su opinión, la modificación propuesta sobrepasaba las disposiciones del Código Penal de Panamá. Marquínez recordó que, de acuerdo con el principio de estricta legalidad, solo se puede sancionar a una persona o entidad por la comisión de un delito si la conducta está previamente descrita en la ley penal.

”La normativa penal vigente establece claramente que las sanciones solo se pueden imponer cuando se haya probado la responsabilidad en un proceso judicial”, explicó Marquínez. El director advirtió que el proyecto de Ley 14 de 2024 podría considerarse inconveniente e inexequible, ya que no se ajustaba a los principios fundamentales de derecho penal y a los derechos humanos consagrados en la Constitución panameña.