FISCALIZACIÓN

Contraloría General presenta nueva guía de rendición de cuentas para los gobiernos locales

Contraloría General presenta nueva guía de rendición de cuentas para los gobiernos locales
Sede principal de la Contraloría General de la República. LP Isaac Ortega

La Contraloría General de la República presentó una nueva guía para la rendición de cuentas dirigida a los gobiernos locales, elaborada por la Subdirección Nacional de Rendición de Cuentas de la Dirección Nacional de Fiscalización General.

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El documento, publicado en la Gaceta Oficial este miércoles 10 de noviembre, busca estandarizar la elaboración y presentación de los informes que deben entregar los municipios y las juntas comunales sobre el uso y manejo de los fondos y bienes públicos, un punto sensible en medio de las exigencias ciudadanas por mayor transparencia en la gestión territorial.

La publicación de esta guía se da en un momento de críticas por las transferencias a los gobiernos locales. De hecho, el ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, reconoció el pasado jueves 4 de diciembre que el Gobierno ha destinado al menos $11.5 millones en transferencias a municipios del país. Sin embargo, no proporcionó detalles sobre cuáles son estos municipios, ni los montos específicos, entre otros aspectos.

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Anel Flores, contralor del país y Felipe Chapman, ministro de Economía y Finanzas. Cortesía: Presidencia

En una conferencia de prensa realizada en la Presidencia, después de la intervención semanal del presidente José Raúl Mulino, y en la que también participó el contralor Anel Flores, Chapman intentó aclarar las múltiples preguntas que han surgido a raíz de las polémicas transferencias realizadas a algunos gobiernos locales, principalmente a autoridades de los partidos Realizando Metas (RM), Cambio Democrático (CD) y Partido Panameñista.

Detalles de la guía

Según detalla la institución, la guía incorpora lo dispuesto en la Resolución 136-2024, mediante la cual se estableció el Sistema Electrónico para la Rendición de Cuentas (SiERC) como la plataforma única y de uso obligatorio a nivel nacional para todos los funcionarios responsables de la administración de fondos públicos.

Con la entrada en vigencia de este documento, queda reemplazada la guía básica emitida en 2023 para las juntas comunales. La nueva versión formaliza el uso obligatorio del SiERC y lo posiciona como herramienta central para generar los reportes que acompañarán los informes de rendición de cuentas. Entre estos se incluyen el estado del fondo, los registros de ingresos y los reportes de gastos, que deberán ser presentados por cada uno de los fondos administrados por los gobiernos locales.

El contenido de la guía se organiza en dos partes: una primera, que explica las generalidades del proceso de rendición de cuentas, y una segunda, que detalla paso a paso cómo debe elaborarse y presentarse el informe anual. Para el caso de las juntas comunales, el documento incluye un anexo con el resumen ejecutivo, el formulario principal y los reportes generados automáticamente por el SiERC. Una vez preparado, el informe deberá ser remitido al representante legal del gobierno local para su revisión, aprobación y firma.

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Juan Diego Vásquez, exdiputado, ha cuestionado las transferencias. Tomada de redes sociales.

La Contraloría establece, además, que mientras el SiERC termina de implementarse por completo en los municipios, estos podrán elaborar sus informes con base en sus propios registros, siempre siguiendo los lineamientos definidos en la nueva guía.

Presentación del informe

De momento, el informe debe presentarse en formato impreso, ordenado y foliado, en la oficina de fiscalización municipal o comarcal correspondiente. Sin embargo, la institución adelantó que, una vez concluidas las adecuaciones técnicas del sistema, la entrega será exclusivamente digital a través de la plataforma.

La guía también precisa los plazos para cumplir con esta obligación: los gobiernos locales deberán rendir cuentas cada año y mantener sus registros actualizados diariamente dentro del SiERC.

El informe anual deberá presentarse, como máximo, 30 días después de finalizada la vigencia fiscal, un plazo que busca garantizar la oportunidad y la verificación adecuada de toda la información financiera.


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