Advierten que el proyecto que permite el perdón de la víctima incluye delitos que no pueden ser perdonados por ley

Advierten que el proyecto que permite el perdón de la víctima incluye delitos que no pueden ser perdonados por ley
Pleno de la Asamblea Nacional. LP/Archivo

El exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia Edgardo Molino Mola cuestionó el alcance del proyecto de ley 174, aprobado recientemente por la Asamblea Nacional, que permite que el perdón de la víctima extinga la pena en ciertos delitos ya juzgados. A su juicio, la propuesta incurre en un error constitucional al incluir delitos que son perseguibles de oficio, es decir, aquellos cuya investigación no depende de una querella privada.

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“Si hay delitos de oficio, entonces eso sería inconstitucional. Así de sencillo es el caso”, advirtió el exmagistrado en conversación con La Prensa. Explicó que el perdón de la víctima solo puede operar en delitos que la ley define como de acción privada o por querella, aquellos que únicamente pueden iniciarse a petición del ofendido.

Advierten que el proyecto que permite el perdón de la víctima incluye delitos que no pueden ser perdonados por ley
Pleno de la Asamblea Nacional. LP/Archivo

Un ejemplo

Molino Mola puso como ejemplo el homicidio culposo simple, una de las figuras contempladas en el nuevo artículo 115-A del Código Penal que propone el proyecto. Al respecto dijo que ese delito no puede ser objeto de perdón porque se investiga de oficio. “El homicidio culposo es como cuando usted va manejando un carro y mata a una persona sin querer. Pero mientras la ley no ponga que ese delito es por querella, no puede entrar en el perdón de los ofendidos”, sostuvo.

Según el exmagistrado, el Código Procesal Penal ya establece de forma clara cuáles son los delitos que admiten querella, como la calumnia y la injuria, y por tanto no es necesaria una nueva ley para permitir el perdón en esos casos. “El mismo Código Procesal Penal ya está diciendo cuáles son los delitos que se admiten por querella. Lo que pasa es que quieren meter unos que son perseguibles de oficio, y ahí es donde está la equivocación”, argumentó.

Advierten que el proyecto que permite el perdón de la víctima incluye delitos que no pueden ser perdonados por ley
Fachada de la Corte Suprema de Justicia, en Ancón. LP Isaac Ortega

Para Molino Mola, la esencia del problema es que el proyecto, al ampliar el catálogo de delitos, traslada al ámbito privado el poder de perdonar delitos que pertenecen al Estado. “No pueden meter delitos que sean perseguibles de oficio. Porque esos no pueden ser perdonados por una persona privada. Es el Estado lo único que tiene el poder de castigar”, enfatizó.

Consultado sobre qué debería hacer el presidente José Raúl Mulino, quien tiene la iniciativa pendiente de sanción o veto, el exmagistrado fue claro:

“Que elimine los delitos de oficio que haya dentro de eso. Nomás tiene que referirse al Código Procesal Penal, que los está numerando y diciendo cuáles son. Todo lo que ellos quieran meter, como el homicidio culposo, no puede entrar ahí. ¿Quién va a perdonar si la persona murió?”, planteó.

Molino Mola concluyó que el principio jurídico aplicable es simple: solo los delitos por querella pueden ser objeto de perdón, mientras que los delitos perseguibles de oficio deben mantenerse bajo potestad exclusiva del Estado. “Es tan sencillo como eso, dijo,: los perseguidos por querella son los únicos que pueden ser perdonados.”

Opinión del Ministerio Público

Cuando el proyecto fue discutido en primer debate en la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales, los diputados escucharon la opinión de la fiscal del Ministerio Público Aida Castro sobre el tema. Según explicó, la figura del perdón podría confundirse con el desistimiento de la acción penal, que se aplica antes de la sentencia, mientras que el proyecto extiende sus efectos después de la condena, modificando el alcance del artículo 115 del Código Penal.

Castro afirmó que solo debería aplicarse cuando exista resarcimiento del daño y control judicial para garantizar la libre voluntad de la víctima.

Advierten que el proyecto que permite el perdón de la víctima incluye delitos que no pueden ser perdonados por ley
Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional. Foto: Captura de pantalla

El texto final, impulsado por el diputado Jamis Acosta Guerra (Realizando Metas), incorporó parcialmente esas recomendaciones. El nuevo artículo 115-A establece que el perdón podrá extinguir la pena únicamente en delitos simples y desistibles, como homicidio culposo simple, lesiones leves, hurto, estafa, apropiación indebida, daños, calumnia, injuria o falsificación de documentos en perjuicio de particulares. Además, condiciona su admisión a los requisitos del artículo 202 del Código Procesal Penal, que exige reparación del daño, voluntad libre y revisión judicial.

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Jamis Acosta, diputado de Realizando Metas. LP/Isaac Ortega

Pese a estas limitaciones, la advertencia del Ministerio Público persiste: la ley no precisa en qué etapa procesal puede solicitarse el perdón ni cómo deberá tramitarlo el juez, lo que, a juicio de la fiscal, podría provocar criterios dispares entre tribunales y diluir el principio de certeza del castigo.

Durante la sesión, el diputado José Pérez Barboni, miembro de la comisión, coincidió en la necesidad de evaluar los riesgos de aplicación. “Hay que asegurarse de que no exista coacción sobre la víctima y que esta figura no contradiga la certeza del castigo”, afirmó.


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