POLÉMICA NORMA

Procurador insta a la Asamblea a cumplir fallo de la Corte sobre salarios a diputados suplentes

El fallo fue avalado por ocho de los nueve magistrados que integran el pleno de la CSJ.

Procurador insta a la Asamblea a cumplir fallo de la Corte sobre salarios a diputados suplentes
Rigoberto González

El procurador de la Administración, Rigoberto González, instó a la Asamblea Nacional a acatar el fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que declaró inconstitucional un artículo del reglamento interno del legislativo que se refiere al doble salario que cobran los diputados suplentes. 

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CSJ declara inconstitucional norma legislativa

Sostuvo que no "se trata de entrar a discutir y determinar si lo acato o no, es que estamos obligados a cumplirlo. Y eso de tratar de darle vuelta e interpretarlo de otra manera es un riesgo para lo que implica un orden constitucional”.

“Yo le diría a la Asamblea con mucho respeto que le presten atención a esto, porque así como hay fallos que cumplen los particulares, con mayor razón debemos cumplir los que ocupamos cargos públicos”.

El pleno de la Corte declaró inconstitucional el tercer párrafo del artículo 224 del reglamento interno de la Asamblea Nacional, vigente, que señala que: “los diputados o diputadas suplentes devengarán una dieta y los emolumentos que serán determinados por la directiva de la Asamblea Nacional, que no serán inferiores a los de la vigencia fiscal anterior”.

En el fallo, con fecha del 10 de mayo de 2017 y bajo la ponencia del magistrado Cecilio Cedalise, el pleno de la CSJ señala que el mencionado párrafo viola el artículo 157 de la Constitución Política y también el artículo 302 de dicha carta fundamental y cuyo texto en lo pertinente indica: “Los servidores públicos están obligados a desempeñar personalmente sus funciones a las que dedican el máximo de sus capacidades y percibirán por las mismas una remuneración justa”.

El fallo fue avalado por ocho de los nueve magistrados que integran el pleno de la CSJ; el magistrado Abel Zamorano emitió un salvamento de voto.

La decisión de la CSJ se produce tras una demanda de inconstitucionalidad que presentó el abogado Santander Casís contra el citado párrafo del reglamento interno de la Asamblea Nacional.

El pleno expuso en el fallo un recuento de lo que se ha establecido en las diferentes constituciones de 1904, 1941, 1946 y la de 1972, reformada por los actos de 1978 y 1983, sobre la figura del diputado suplente.

La Corte ya remitió el fallo a la Asamblea, la cual a su vez envió la Comisión de Credenciales, ente que se ocupa del reglamento interno del legislativo.


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