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Soberanía Logística

Soberanía Logística
Vista desde el lado oeste del Canal y el puente de las Américas. 02 de junio de 2026. Foto: LP/ Alexander Arosemena

En el año 1993 se discutió y aprobó, en primera instancia, el Título Constitucional referente a la Autoridad del Canal de Panamá. Me correspondió, en representación de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa (Apede), promover la ampliación del título para que también se contemplara el debido desarrollo de todas las ventajas que nos brinda nuestra posición geográfica.

Desafortunadamente no fue posible y solo se logró, gracias a la intervención del entonces diputado Milton Henríquez, la inclusión del artículo 3 en la reforma, hoy artículo 317 de nuestra Constitución.

La norma establece que el Canal y todas las instituciones vinculadas al sector marítimo “formarán parte de la estrategia marítima internacional”.

El tema recobra importancia debido a la acumulación de sucesos que han dado lugar al estancamiento de nuestro desarrollo marítimo y logístico. El retraso de cerca de 20 años en el desarrollo de nuevos puertos, la pésima renovación del contrato para los puertos de Balboa y Cristóbal, con el consiguiente fallo que lo declara inconstitucional, así como el incumplimiento de la promesa de unir Panamá Pacífico directamente por carretera con la costa Atlántica, son ejemplos evidentes de la necesidad de concretar la estrategia propuesta desde entonces por Apede.

El excelente diseño de la Autoridad del Canal de Panamá contiene las normas que protegen su éxito. Lamentablemente no sucede lo mismo con el resto de las instituciones relacionadas con la estrategia marítima y logística del país: autonomía efectiva, alternabilidad de la Junta Directiva, privatividad, autonomía financiera, capacidad reglamentaria, presupuesto trienal independiente, reservas financieras, así como un régimen laboral especial.

Y, como ha dicho el presidente José Raúl Mulino, tampoco hay la debida coordinación estratégica que prevé el artículo 173 de la Constitución.

Ese conjunto de normas, sabiamente administradas, es lo que permite a la ACP no solo dirigir eficientemente el Canal, sino también planificar a largo plazo, negociar en sus propios términos y condiciones, brindar seguridad a sus usuarios y ahora, amenazado su modelo de negocios, llevar a cabo las obras portuarias, carreteras y los reservorios de agua que el gobierno central no ejecutó oportunamente.

Es necesario, por lo tanto, contar con una institución gubernamental con iguales características que gestione el resto de las actividades logísticas del país, como complemento a la ACP y que ambas, respetando sus respectivas autonomías, coordinen la estrategia de los servicios internacionales que aprovechan la posición geográfica de Panamá.

El enfoque no debe ser meramente lograr mayores ingresos fiscales. Sobre todo, debe ser económico, es decir, promover el desarrollo económico del país. Tres aspectos nos parecen fundamentales:

  1. Además de los ingresos que debe recibir el Estado, igualmente es necesario que las empresas concesionarias reinviertan parte de sus ganancias en el país. No es justo que las empresas beneficiadas con concesiones relacionadas con nuestro recurso geográfico se lleven todas las ganancias al exterior y las reinviertan en otros países luego de explotar nuestra riqueza natural. La reinversión parcial les redundará nuevos beneficios, pero también contribuirá a la generación de empleos en Panamá.

  2. Respetando la necesaria inversión financiera y el conocimiento extranjero, la nueva entidad también debe promover que las entidades públicas y privadas panameñas asuman el manejo de las empresas que prestan servicios logísticos internacionales. Si los panameños aprendimos a operar empresas tan complejas como el Canal de Panamá y la banca, también somos capaces de manejar puertos y otros servicios internacionales. La controversia geopolítica sobre el Puerto de Balboa se hubiera evitado si una empresa panameña lo operara. Singapur, por ejemplo, es propietario de sus propios puertos y los opera ejemplarmente.

  3. No son suficientes las alternativas loables, pero incompletas, que se han intentado, como el llamado gabinete logístico. Debe haber una sola entidad responsable, dotada de la suficiente capacidad para ejecutar. Y, si dicha institución opera en condiciones semejantes a la ACP, entonces se podrá establecer una coordinación efectiva entre iguales y no entre dispares. Combinar orden con desorden generalmente resulta en que este prevalece sobre aquel.

El citado artículo 173 de la Constitución dispone la solución al concluir: “El Órgano Ejecutivo propondrá al Órgano Legislativo la ley que coordine todas estas instituciones para promover el desarrollo socioeconómico del país”.

Sobre todo, tratándose de servicios internacionales, es imperativo establecer confianza en las instituciones que los regentan. Confianza internacional para usar Panamá por la confiabilidad de sus instituciones. Confianza local en las propuestas y decisiones de las instituciones que prestan el servicio. Es la confianza con la que panameños y extranjeros respaldaron la ampliación del Canal y seguimos teniendo en los resultados de los arbitrajes como consecuencia de dicha obra. No es la desconfianza, interna y externa, derivada de contratos que se firman hoy y mañana son declarados inconstitucionales porque, independientemente del mérito de la decisión, demuestran irresponsabilidad en su gestión.

La soberanía, para ser real, debe, sobre todo, garantizar independencia económica, para no resultar en otra nueva dependencia. Ojalá sepamos hoy concretar lo que tantas luchas nos costó obtener en derecho, consolidando instituciones sólidas que brinden sostenibilidad a nuestro recurso geográfico.

El autor es abogado.


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