Días atrás fue divulgado un detallado informe sobre la infiltración de agentes de la Policía Nacional en organizaciones sindicales, ambientales, campesinas, etc. El informe —de más de cien páginas— presenta fotos de los agentes, no solo de sus rostros, posición, nombre y rango, sino de los instantes en que interactúan con dirigentes, incluso en ruedas de prensa o mostrando pancartas mientras hacían su subrepticia labor públicamente.

Tan preciso es el informe que la Policía, en un comunicado sin firma, se vio obligada a admitir los hechos, enfatizando un matiz que, a su juicio, lo cambia todo. Sus agentes no eran infiltrados, eran encubiertos. Hay vacíos sobre estas dos figuras en países cien veces más institucionalizados que Panamá, por lo que dudo de la rigurosidad de su práctica aquí, porque, además, la ley es para nuestros funcionarios como un centavo en la calle: brillante, pero sin valor.

Las figuras del agente y de las operaciones encubiertas están reguladas en la literatura que encontré, incluso en Panamá, a través de una ley que reformó en 2014 los códigos Penal, Judicial y Procesal. Su ámbito de acción es la “delincuencia organizada”, pero un comunicado de la Policía sobre las acusaciones contra sus agentes es deliberadamente generalista y desinforma.

Su texto dice: “No tenemos infiltrados, sino agentes encubiertos para el bien de operaciones que derivan en mantener el orden y la seguridad nacional…”. Cháchara rebuscada, pues ni siquiera la ley hace gran diferencia entre infiltrado y encubierto.

El artículo 9 de la aludida legislación, al abordar la definición de “operación encubierta”, dice: es “aquella actividad de infiltración que realiza un agente o servidor público […] con la finalidad de obtener información o evidencias que permitan investigar y procesar a las personas que forman parte de grupos delictivos organizados…”.

Según esa definición, ¿debo presumir que Raisa Banfield es vigilada por agentes encubiertos porque hay una investigación en curso contra ella y/o su organización y que, según lo establecido, es una organización criminal? ¿También debo asumir que esa supuesta investigación la dirige un fiscal, autorizada por un juez de garantías? Pido excusas por mi escepticismo, pero quisiera ver evidencias y saber los delitos que le atribuyen.

La Policía sugiere el motivo de sus infiltraciones: “… mantener el orden y la seguridad nacional… respetando […] el derecho ciudadano a manifestarse sin afectar a terceros, dentro del marco de la ley”. O sea, ¿tenemos que aplaudir este espionaje porque han asignado a decenas de agentes policiales para garantizar el orden en el ejercicio de este derecho constitucional? ¡Más cháchara de tinterillos!

No vi, en ningún caso, que la ley autorice operaciones encubiertas para garantizar manifestaciones ordenadas. De hecho, el catálogo de delitos que justifica una operación encubierta no es tan amplio como lo sugiere el comunicado oficial cuando dice que es para mantener la seguridad nacional o la tranquilidad ciudadana.

Esas operaciones están limitadas legalmente a delitos graves, como terrorismo, lavado de activos, trata de personas, narcotráfico, sicariato, homicidio, explotación sexual y secuestro. Son como treinta. Se mencionan, precisamente, para evitar interpretaciones arbitrarias, pues una operación encubierta mal hecha puede terminar en un desastre por los derechos ciudadanos que hay en medio, incluso derechos humanos.

Curiosamente, el inventario de delitos graves que pueden ser investigados mediante operaciones encubiertas incluye crímenes contra la administración pública, asociación ilícita —por ejemplo, cuando saquean el Tesoro Nacional—, contra el patrimonio histórico de la Nación o delitos contra el ambiente. ¿Cuántas veces la Policía Nacional ha hecho una operación encubierta contra estos delitos?

Esos campos delincuenciales son extraordinariamente fértiles. Unos cuantos agentes encubiertos tendrían tantas victorias profesionales que probablemente terminarían todos en la calle. Lamentable, pero cierto. La Policía está concentrada en vigilar a campesinos, sindicalistas y ambientalistas, mientras los ladrones que roban millones desde el gobierno parecen tener licencia para sus continuas y graves fechorías.

En contraste, vi copia del perfilamiento de un líder sindical —casi desconocido— que incluía su casa, sus parejas, presentes y pasadas, parientes cercanos y sus datos personales. Era un prontuario que incluía —inexplicablemente— a sus hijas. ¿Está acusado de un delito grave? ¿Dirigir un sindicato equivale a gestionar una organización criminal?

¿Qué esperan para investigar a diputados y ministros? Tienen equipos de espionaje, operativos de campo, presupuesto, permiso para hacerlo y, sobre todo, suficientes motivos para investigar. Pero les faltan agallas y voluntad. ¿Alguien puede imaginar operaciones encubiertas contra sospechosos de peculado, corrupción o enriquecimiento injustificado? Yo no puedo. ¡Ni en mis sueños ni en mis pesadillas!