¿Puede militarizarse un país que no tiene ejército? El 27 de julio, el Ministerio de Seguridad Pública firmó la Resolución 190 de 27 de julio de 2026, que crea el Comando Conjunto para la Seguridad en las áreas específicas del Canal de Panamá y coloca a la Policía Nacional, el Senan, el Senafront y el Sume “bajo una sola línea de mando”. La norma, publicada en la Gaceta Oficial el 5 de agosto, en pleno Panamax 2026, entrega la jefatura operacional a un comisionado o subcomisionado de carrera. El comando contará con un centro de operaciones conjunto y un sistema permanente de inteligencia. Su mandato incluye responder ante “conflictos sociales” y ejecutar “operaciones de información”. La Autoridad del Canal lo financia mediante un acuerdo marco y el Senan administrará los fondos, según reportó La Prensa.
Este semestre, en el CIEPS, varias personas que conocen de cerca el sector de seguridad me han descrito una militarización gradual de la Fuerza Pública. La Resolución 190 respalda esa lectura, porque reúne bajo un solo mando lo que la reforma de 1990 separó a propósito. Es el paso más reciente de una militarización a plazos que arrancó con los decretos leyes de 2008 y que han alimentado gobiernos de todos los partidos, cada uno con medidas que por separado parecían razonables.
Panamá enfrenta amenazas reales en el Darién y en torno al Canal, y necesita policías mejor entrenados y equipados. El politólogo Zoltan Barany sostuvo, en un artículo publicado en 2025 por el Instituto de Estudios Democráticos del Tribunal Electoral, que el crecimiento de la Fuerza Pública no equivale a militarización y que el sector sigue firmemente bajo control civil. En lo formal tiene razón, porque el presidente, un civil, sigue siendo el jefe de todos los servicios. Pero a partir de 2025 cambiaron el tipo de equipo que se compra, el socio con el que se entrena y la calidad de la supervisión sobre ambas cosas.
En marzo de 2025 el Gabinete aprobó la compra de cuatro aviones de ataque ligero A-29 Super Tucano para el Senan por 68.2 millones de dólares. En noviembre convirtió la operación en un financiamiento, también a plazos, que el Estado terminará de pagar en 2034 por 76.4 millones. En junio de 2026 llegaron drones de larga autonomía, y en julio el Minseg creó una compañía de drones en el Senafront. El ministerio no informó cantidad ni costo; fue el fabricante quien divulgó desde California que la venta se hizo bajo el programa estadounidense de Ventas Militares al Extranjero. En ese mismo período, el Gabinete declaró confidenciales los pliegos de ocho contrataciones de seguridad en apenas 28 días.
El socio cambió también. El memorando que el Minseg firmó con el Departamento de Defensa de Estados Unidos el 9 de abril de 2025 permite la presencia rotativa de personal militar estadounidense en instalaciones panameñas. Nunca pasó por la Asamblea; su base jurídica es un canje de notas de 2022 que casi nadie discutió. Desde agosto de 2025, militares estadounidenses entrenan con unidades panameñas en la Base Aeronaval Cristóbal Colón, el antiguo Fuerte Sherman, donde reabrió la escuela de selva que cerró en 1999. Cuántos llegan, y para qué, se sabe a medias. El 15 de octubre, la embajada estadounidense calificó de “categóricamente falso”un reporte de The New York Times sobre el envío de 600 soldados y precisó que eran 120, en un curso de dos semanas. Esta semana, el subsecretario de Guerra Joseph Humire afirmó en una entrevista con el periodista Edwin Pitti que el gobierno panameño ha presentado a Washington varias opciones para ampliar esa presencia. Un policía que se entrena con soldados aprende tácticas de soldado, y esa doctrina entra a la Fuerza Pública sin que ninguna ley panameña la haya autorizado.
Los servicios creados para la frontera ya actúan dentro del país. En junio de 2025, más de 1,300 agentes, entre ellos unidades del Senafront y del Senan, participaron en la Operación Omega en Bocas del Toro, y el Gabinete suspendió por cinco días las garantías constitucionales en la provincia, incluido el hábeas corpus, mediante el Decreto de Gabinete 27. La Defensoría del Pueblo registró uso excesivo de la fuerza contra 101 personas y la detención arbitraria de 92. Desde 2020, además, los dos ministros de Seguridad han salido de carreras uniformadas. El actual, Frank Ábrego, se formó en la Escuela Militar General Francisco Morazán de Honduras, ingresó a las Fuerzas de Defensa y fue el primer director del Senafront.
¿Y la Constitución? El artículo 310 establece que “la República de Panamá no tendrá ejército” y que “la Ley organizará los servicios de policía necesarios, con mandos y escalafón separados”. La Corte Suprema ha leído esa segunda frase como una delegación al legislador. En 1998 avaló que la ley exigiera un director civil para la Policía. Cuando los decretos leyes de 2008, dictados durante un receso de la Asamblea, permitieron que comisionados dirigieran los servicios, la Corte avaló también el cambio: en 2016 atribuyó el riesgo de un director con formación militar a la “ausencia de prohibición” en la ley, y en 2022 distinguió entre tener formación militar, que la Constitución permite, y ejercer una función militar. El único fallo adverso, de 2023, recortó la jubilación especial de los directores del Senafront y del Senan con base en otros artículos. Ningún tribunal ha aplicado la cláusula que permite servicios especiales de frontera solo “temporalmente” y “ante amenaza de agresión externa”, la misma que el legislador Milton Henríquez quiso amarrar en 1994 al pedir que constara que esas fuerzas serían de policía.
Por eso la Resolución 190 merece un examen serio. Se trata de una resolución ministerial que unifica bajo un solo mando a servicios que la Constitución quiere con mandos separados y que, según el mismo artículo, solo la ley puede organizar. Hasta donde he podido verificar, nadie la ha demandado. En agosto, la magistrada Maribel Cornejo advirtió en un salvamento de voto sobre la policía municipal de la capital que el artículo 310 reserva a la ley la organización de los servicios de policía, un argumento que alcanzaría también a un comando creado por resolución.
La paciencia ciudadana con el control civil tampoco está garantizada. Según el Barómetro de las Américas de LAPOP, la proporción de panameños que justificaría un golpe de Estado por la Fuerza Pública “frente a mucha delincuencia” pasó de 16% en 2012 a 43% en 2023. La pregunta, en el cuestionario panameño, menciona expresamente a la Fuerza Pública. La confianza en la Policía Nacional bajó de 53% en 2023 a 48% en la medición de 2025-2026. Esos números describen una opinión pública más dispuesta a respaldar la fuerza mientras confía cada vez menos en la institución que la ejerce, y en ese terreno cada medida que endurece a la Fuerza Pública gana aplausos con facilidad.
¿Qué hacer? La Asamblea tiene la herramienta que la Corte le ha señalado una y otra vez: la ley. Le corresponde dar base legal al comando conjunto o dejarlo sin efecto, definir por ley qué significa “mandos separados”, exigir que el Minseg publique especificaciones y precios de sus compras una vez adjudicadas y obligar a que cada despliegue estadounidense bajo el memorando, y cualquier propuesta para ampliarlo, se informe a los diputados. Al país le hace falta, además, un debate público que no ha tenido desde 1994, cuando la Asamblea discutió durante semanas qué distingue a una policía de un ejército.
La decisión de 1994 libró a dos generaciones de panameños de la política de los cuarteles, y conservarla depende ahora de que sus diputados legislen sobre lo que la Corte ha preferido dejar en sus manos y de que los ciudadanos exijan saber qué se hace en nombre de su seguridad y bajo qué reglas.
El autor es profesor de Ciencia Política en la Universidad del Norte de Texas en Dallas y realiza una estancia de investigación en el CIEPS.

