Opinión

Las muchas vidas del principio de especialidad

Ricardo Martinelli Desde que salió de la Presidencia le han llovido los casos por corrupción y otros delitos en Panamá y en el extranjero. Estados Unidos lo tiene designado como persona significativamente corrupta.

La Ley 75 del 25 de mayo de 1904 ratificó el Tratado de Extradición entre los Estados Unidos y la República de Panamá. En su artículo VIII se desarrolla el “principio de especialidad”, así:

“Ninguna persona entregada por una de las partes contratantes a la otra, podrá, sin el consentimiento prestado por ella libre y públicamente ser acusada, enjuiciada o castigada por otro crimen o delito cometido antes de su extradición que aquel por el cual ha sido entregada, hasta tanto que no haya tenido oportunidad para regresar al país de que ha sido extraída.”

En una multiplicidad de ocasiones en los últimos tres años, distintos tribunales han tenido que lidiar con el principio de especialidad en una variedad de formas. Al menos en nueve ocasiones la invocatoria al principio de especialidad fue rechazada tanto por el Órgano Judicial como por el Tribunal Electoral (TE). Todavía queda un recurso de inconstitucionalidad pendiente de decisión por la Corte Suprema de Justicia.

La vía electoral

El 28 enero del año 2022 avanzaba el proceso por el caso New Business ante la jueza Baloisa Marquínez, cuando el equipo de defensa del expresidente Martinelli presentó una certificación del Tribunal Electoral en la que constaba que el político se encontraba protegido por el fuero electoral penal, debido a la campaña interna del partido Realizando Metas, que el exmandatario presidía. La jueza Marquínez solicitó al Juzgado Segundo Electoral, de la jueza Edmara Jaén, que levantara el fuero electoral del expresidente tanto para el caso New Business como para el caso Odebrecht, que también llevaba adelante Marquínez. El 23 de febrero posterior, la jueza Jaén ordena el levantamiento del fuero electoral penal del expresidente Martinelli, y es en la apelación a dicha decisión, por la abogada Alma Cortés que se invoca el principio de especialidad como justificación para negar el levantamiento del fuero electoral penal.

El 22 de marzo del 2022, en una decisión que sorprendió a la opinión pública panameña, los magistrados Heriberto Araúz y Alfredo Juncá dictaminaron que el expresidente Martinelli estaba protegido por el principio de especialidad. El magistrado Eduardo Valdés emitió un salvamento, de voto oponiéndose a la decisión de la mayoría de sus colegas. Esta sentencia del TE fue demandada por inconstitucionalidad ante la Corte.

Paralelamente, la jueza Marquínez solicitó nuevamente el levantamiento del fuero electoral penal del expresidente Martinelli, esta vez únicamente para el caso Odebrecht. En esta ocasión tanto el juzgado administrativo electoral como el pleno de los tres magistrados del Tribunal Electoral coincidieron en levantar el fuero electoral penal del expresidente. En su decisión del 25 de julio del 2022 los tres magistrados del TE afirmaron que ya el expresidente no estaba protegido por el principio de especialidad.

La vía penal

Antes de la suspensión del proceso New Business por el fuero electoral penal de Ricardo Martinelli, la jueza Marquínez había fallado, el 9 de marzo de 2021, un incidente de nulidad de presentado por la defensa del expresidente en el que invocaban la violación del principio de especialidad. La jueza rechazó dicha pretensión. Posteriormente, en fallo del 17 de julio de 2023, la jueza Marquínez condenó al exmandatario por el delito de blanqueo de capitales a una pena de prisión de 128 meses y a pagar una multa de 19,2 millones de dólares.

La supuesta violación del principio de especialidad fue una de las causales invocadas en la apelación del fallo de Marquínez, pero el 24 de octubre del 2023, el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales, de forma unánime confirmó la condena del expresidente emitida por la jueza Marquínez. Nuevamente, el 6 de diciembre de 2023 la pretendida infracción del principio de especialidad es usada como una de las causales en el recurso de casación presentado por la defensa del exmandatario. El 2 de febrero de 2024, de forma unánime, la Sala Segunda de lo Penal de la Corte, rechazó la admisión de este recurso de casación.

El 19 de julio de 2023, la jueza Baloisa Marquínez fue querellada penalmente por parte del equipo de abogados defensores del exmandatario. En dicha querella se alegaba que la jueza había violado el Tratado de Extradición entre los Estados Unidos de América y la República de Panamá, al desconocer la supuesta protección otorgada por el principio de especialidad al expresidente Ricardo Martinelli. La querella no prosperó.

La vía constitucional

El 31 de marzo de 2022 se admitió la demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado Héctor Herrera contra el fallo del 22 de marzo de los magistrados Araúz y Juncá del TE, que reconoció la protección del principio de especialidad del expresidente Martinelli y se negó a levantar el fuero penal electoral que lo blindaba. El fallo de la Corte Suprema de Justicia del 11 de agosto de 2022 declaró inconstitucional la decisión del TE. La votación fue 6 a 3 (voto en contra de los magistrados Ayú Prado, Cedalise y Russo). A lo largo de ese fallo se discute el principio de especialidad, pero en su voto concurrente con la mayoría, el magistrado Olmedo Arrocha, recalcó que ese fallo no era sobre el principio de especialidad.

El 29 de enero de 2024, la defensa del expresidente Ricardo Martinelli presentó uno de los 14 amparos de garantías constitucionales en el caso New Business. La abogada de Martinelli, Shirley Castañeda, quien es también diputada, interpuso este recurso con el objetivo de anular la sentencia dictada por la jueza Marquínez, argumentando que se violó el principio de especialidad del exmandatario.

La acción buscaba específicamente que se declararan nulas las siguientes pruebas: “las declaraciones de Danny Cohen y Ricardo Francolini, una certificación presentada por Ricardo Chanis, información bancaria de Finance Global LTD, la prórroga del plazo investigativo en causa de tramitación compleja, el informe de actuación financiero del caso realizado por Eliseo Ábrego (base de la teoría del fiscal de la causa, Emeldo Márquez) [...] Es decir, todo lo que contiene el expediente entre el folio 56,538 hasta el folio 73,839 es nulo, ya que son pruebas que fueron obtenidas ilegalmente.”, según indicó el diario El Panamá América el 29 de enero de 2024. Los 14 amparos de garantías fracasaron.

La Corte debe decidir si admite un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el abogado Carlos Carrillo contra la sentencia del 17 de julio de 2022 de la jueza Baloisa Marquínez en el caso New Business. El fundamento de la acción de Carrillo es la pretendida violación al principio de especialidad. De acuerdo con versiones periodísticas, los magistrados Olmedo Arrocha, Cecilio Cedalise y Carlos Vásquez Reyes han hecho observaciones al proyecto de fallo de la magistrada María Eugenia López Arias. En estos señalamientos, los tres magistrados han manifestado que la Corte Suprema debe admitir este caso y “discutir el fondo” del reclamo de la defensa del exmandatario Martinelli. Esto sin importar las múltiples ocasiones en que el Órgano Judicial ya negó el principio de especialidad, y que esas resoluciones hicieron tránsito a cosa juzgada, ese precepto universal del Derecho que postula que las sentencias en firme no admiten recurso alguno.