¿Es nuestra Constitución la misma Constitución de los militares? Sí, al menos formalmente. Lo es porque así fue aprobada, mas no porque su contenido material corresponda al texto dictado en aquel momento histórico. En palabras pobres: así le llamamos, pero la cuestión es mucho más compleja que una simple etiqueta. De aquí que el planteamiento del título no sea gratuito; nos impone una pregunta igual de válida que la que la filosofía formula sobre el barco mítico. Si a lo largo del tiempo reemplazamos poco a poco sus partes, ¿seguirá siendo el mismo navío? Y si en lugar de un barco fuera una Constitución, y en lugar de tablas de madera fueran artículos, ¿sería diferente entonces?
Si decimos entonces que ya no es el mismo barco, ¿en igual medida no es la misma Constitución? ¿Sigue siendo verdaderamente la Constitución de los militares? La cuestión revela una falacia deliberada de la propaganda constitucionalista, la cual descansa cómoda en ideas fáciles, desconociendo el camino recorrido en los años de democracia para ignorar un texto que es reflejo, en mayor o menor medida, de lo que nuestra sociedad es, les guste o no. Ya lo advertía con lucidez Rigoberto González en su obra El proceso constituyente originario: «aludir a la Constitución vigente como la Constitución militarista impuesta por los militares en 1972, es como afirmar que todavía estamos en dicho régimen, como si el tiempo no hubiera pasado, como si no hubiéramos retornado a la democracia, como si la Constitución vigente se mantuviera tal y como fue, originalmente, aprobada».
No es que no se necesite una nueva Constitución, sino que su demanda debe impulsarse desde una auténtica conciencia política que el derecho constitucional está llamado a contener y canalizar. En ausencia de esa madurez cívica, cualquier ejercicio constituyente se reduce, en últimas, a un trámite poco más democrático que la expedición rutinaria de una licencia de conducir. El destino inexorable de las normas que se aprueban únicamente para simular su existencia es dejar tras de sí no solo una sensación de vacío, sino también de profunda incompetencia institucional. Y allí donde las instituciones y sus operadores quedan deslegitimados ante los ojos de la ciudadanía, el vacío de poder termina siendo reclamado por nuevos actores, no siempre comprometidos con la deliberación republicana.
Pero volviendo al barco de Teseo: una asamblea constituyente paralela es exactamente eso, un simple recambio de tablas mientras la nave sigue a flote. Se podrá renovar la fachada o sustituir el maderamen gastado, pero el armazón es el mismo, porque la estructura entera se levanta sobre el sistema preexistente. Y cuando decimos «sobre», entiéndase «desde» y «para» un régimen previo, concebido intrínsecamente para perpetuar su vigencia y blindarse contra cualquier ruptura exterior que amenace su estabilidad; un orden que tolera mutaciones superficiales, pero que jamás consentirá su propia disolución. No hay nada de revolucionario ni de originario en demoler tabiques para erigir un edificio sobre los mismos cimientos que ya demostraron ser endebles.
Una constituyente llevada de la mano por el propio poder que se pretende fiscalizar y someter es una fórmula harto conocida en la historia del constitucionalismo contemporáneo. Como señala Albert Noguera en La refundación fallida, un recuento de la fallida constituyente chilena, «la canalización de la participación a través de mecanismos burocratizados e individualizados, inofensivos para las agendas políticas oficiales, hizo que ésta no tuviera capacidad de lograr una identificación entre pueblo y proceso, ni de ejercer como palanca de transformación, puesto que no se dio el que, seguramente, es uno de los principales elementos radicalizadores de cualquier proceso: el conflicto social». La vía formalizada del recambio de tablas neutraliza de antemano cualquier potencia transformadora, reduciendo el pacto social a una transacción de despachos.
Hay, sin embargo, una lección mucho más potente en torno a la figura de Teseo: no la del barco inmóvil en el muelle, sino la de su constitución unificadora. La grandeza del mito fundacional ateniense no residió en cambiar los tablones de una nave vieja, sino en el acto político del sinoicismo: la voluntad consciente de disolver las soberanías fragmentadas de las aldeas locales y los caudillismos para fundar una comunidad política auténtica.
Una Constitución no se convierte en originaria simplemente porque una élite o un decreto decidan estamparle esa etiqueta, ni sigue siendo la Constitución de 1972 únicamente porque la inercia jurídica mantenga su denominación formal. El poder constituyente no es una cuestión de semántica, sino de correlación de fuerzas, de ruptura creadora y de encuentro colectivo. Si el análisis que guiará el debate nacional que se avecina se agota fácilmente al no mirar más allá de los títulos, los lemas de ocasión y la propaganda barata, me temo que estamos enfrentando el destino del país sin la seriedad que el momento nos exige.
El autor es socio fundador de iurispa y asesor en políticas públicas.


