Como parte de la estrategia para afrontar los desafíos fiscales producto de la digitalización de la economía, los miembros del Marco Inclusivo sobre BEPS (acrónimo de “Base Erosion and Profit Shifting”) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (“OCDE”) desarrollaron un plan de trabajo denominado BEPS 2.0, consistente de dos pilares. El impuesto mínimo global (“IMG”), cuyo objetivo es garantizar una tributación mínima aplicable a los grupos multinacionales, es una medida que forma parte de las reglas GloBE (acrónimo de “Global Anti-Base Erosion”) contempladas en el segundo pilar del precitado plan de trabajo.
El IMG no es un impuesto nuevo, sino que busca que las jurisdicciones participantes del Marco Inclusivo graven el impuesto sobre la renta aplicable a las personas jurídicas, a una tarifa impositiva efectiva no menor del 15%. Esta medida aplica a grupos de empresas multinacionales (“EMN”) operativos con ingresos equivalentes o superiores a EUR 750,000,000.00.
La implementación del IMG ya inició entre los países de la Unión Europea, por lo que se prevé la posibilidad de que Panamá, como miembro del Marco Inclusivo, siga la misma ruta; por consiguiente, es imperativo analizar el impacto que tendrá esta medida en el régimen fiscal nacional.
Implicaciones del impuesto mínimo global en Panamá
Actualmente en Panamá, una EMN organizada bajo el régimen fiscal ordinario estaría sujeta al impuesto sobre la renta en Panamá a una tarifa del 25% sobre su renta neta gravable; en su defecto, la EMN podría optar por constituirse bajo el régimen de Sede de Empresa Multinacional y gozar de una tarifa del 5%, o en algún otro régimen especial que ofrezca incentivos fiscales.
Partiendo de este punto, podría anticiparse que el principal impacto del IMG recaiga sobre los regímenes fiscales, en vista de los diversos incentivos que ofrecen, los cuales podrían configurar a Panamá como una jurisdicción de baja imposición; por consiguiente, en el contexto del IMG, se podría requerir de la aplicación de un impuesto complementario que eleve la tarifa impositiva efectiva aplicable a la EMN a un mínimo de 15%, a efectos de cumplir con esta regla.
La medida del IMG impulsa la introducción de un “impuesto complementario nacional mínimo cualificado” que sea cónsono con las reglas GloBE y que funja como método de recolección del impuesto complementario que, de otra forma, sería aplicable a la casa matriz de las EMNs que se encuentren bajo el alcance de esta regla. En ese sentido, desde una perspectiva gubernamental, aplicar el IMG, y específicamente el impuesto complementario nacional mínimo cualificado en Panamá, podría incidir de forma positiva en las arcas estatales, propiciando una mejor administración y desarrollo nacional gracias a una mayor recaudación fiscal.
No obstante, como contraparte, podría generar una disminución del nivel competitivo de Panamá como destino para el establecimiento de una EMN. Lo anterior, considerando que, actualmente, uno de los factores más atractivos para establecerse dentro de la jurisdicción panameña son los incentivos fiscales ofrecidos, incluyendo las tarifas impositivas reducidas. Y es que, los incentivos fiscales son una gran herramienta de los gobiernos para enmendar ciertas fallas en el mercado y atraer la inversión extranjera al país.
Con relación al punto que precede, cabe señalar que, si bien Panamá no figura como una jurisdicción que acoge una variedad de casas matrices de multinacionales, hoy se mantiene como un atractivo destino de inversión extranjera. Según el informe anual denominado “La inversión extranjera directa en América Latina y el Caribe 2023″ elaborado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, la entrada de capital en Panamá proveniente de inversión extranjera directa sumó hasta $2,513 millones, siendo el segundo país de Centroamérica con más entradas de inversión extranjera.
Sin perjuicio de lo anterior, Panamá podría mitigar el impacto de la introducción del IMG a nivel nacional por conducto de incentivos equiparables a los aplicables al impuesto sobre la renta y explorando diversas alternativas, en ocasión de potenciar su competitividad ante otras jurisdicciones y con el propósito de mantener su atractivo para las empresas extranjeras.
Adecuar la legislación nacional para implementar el IMG puede ser un desafío para Panamá, y, si bien no ha emitido una opinión formal sobre su posición con relación a esta estrategia, una futura implementación ha de acompañarse con una revisión integral de las normativas que regulan los distintos regímenes fiscales, así como de las potenciales opciones disponibles para evitar el desmejoro de la calidad de Panamá como país destino de inversiones.
El autor es del Staff de Impuestos en EY Panamá