El anuncio de la aplicación de sanciones disciplinarias a los funcionarios de la Policía Nacional que denunciaron irregularidades en el proceso de ascensos realizado el 15 de enero de 2025 en esa entidad constituye una acción que viola los derechos humanos, según la Defensoría del Pueblo.
A través de un comunicado, la Defensoría del Pueblo precisó que la Ley 7 del 5 de febrero de 1997 —que regula a esta entidad— establece que cualquier persona, sea natural, jurídica o extranjera, tiene el derecho de recurrir a ella y que dicho derecho es inalienable, sin importar condiciones como minoría de edad, incapacidad, privación de libertad en centros penitenciarios o psiquiátricos, dependencia o relación de sujeción en la administración pública o en los órganos del Estado.
La Defensoría del Pueblo advirtió que “cualquier represalia contra personas que acudan a esta institución constituye una grave vulneración de los derechos humanos”.
Según la Defensoría, las sanciones anunciadas por la Policía contravienen el artículo 21 de la Ley 7 del 5 de febrero de 1997, que prohíbe que las quejas presentadas ante esa institución sean usadas en contra de los denunciantes. Esto representaría una violación de principios fundamentales establecidos en tratados internacionales de los que Panamá es signataria.
Además, advierte que ningún organismo, autoridad o funcionario público está facultado para tomar represalias contra quienes ejerzan su legítimo derecho de denunciar posibles violaciones a sus derechos.
De acuerdo con la Defensoría del Pueblo, no es la primera vez que atiende quejas de personal de los estamentos de seguridad del Estado en contra de sus dependencias.
El pasado 20 de enero, la Defensoría del Pueblo abrió una investigación luego de que funcionarios de los estamentos de seguridad, entre ellos de la Policía Nacional, presentaran una queja tras ser excluidos de una serie de ascensos otorgados y divulgados el 15 de enero. Se trata de unos 400 agentes del Senan, Senafront y la Policía Nacional que expresaron su disconformidad porque solo se promovió a oficiales, pero no a los rangos inferiores a subteniente.
La Defensoría del Pueblo inició diligencias para comprobar supuestas violaciones a los derechos fundamentales de los funcionarios que no recibieron un ascenso.
La Orden General del Día del 15 de enero incluía los ascensos de 58 capitanes al rango de mayor, 53 tenientes al rango de capitán y 788 subtenientes al rango de teniente, los cuales se hicieron efectivos a partir de esa fecha. Tampoco se incluyeron ascensos en los rangos de mayor a subcomisionado ni de subcomisionado a comisionado.