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Martinelli no quería que sentencia de ‘New Business’ llegara a tribunales españoles

Martinelli no quería que sentencia de ‘New Business’ llegara a tribunales españoles
Ricardo Martinelli.

La sentencia dictada por la jueza Baloisa Marquínez en el caso New Business –en la que condena a 128 meses de cárcel, por blanqueo de capitales, al expresidente Ricardo Martinelli– ya forma parte del expediente que en España se le sigue por corrupción y blanqueo de capitales en el caso de la constructora FCC.

La Audiencia Nacional de España investiga la participación del ex presidente, su familia y miembros de su círculo cero, en un esquema de pago de sobornos y blanqueo de capitales por las contrataciones adjudicadas a la constructora española FCC durante el gobierno de Martinelli.

Pruebas

El caso que adelanta la Fiscalía Anticorrupción española está a punto de concluir la fase de instrucción.

Es, en este contexto, que la Fundación Internacional Baltasar Garzón (Fibgar) que, desde 2020, se constituyó en acusador particular del expresidente, pues alertó que había logrado mantenerse al margen de un proceso del cual era presuntamente beneficiario y pieza clave, puso en conocimiento del tribunal que Martinelli había sido condenado en Panamá, y que en la sentencia existían sociedades, cuentas bancarias, testaferros y miembros de su círculo, así como él mismo, que coincidían en forma, tiempo y personajes con la estructura de corrupción utilizada en España con FCC.

Por ello, a finales de julio, presentó en Madrid un escrito que incluía información “de fuentes abiertas” con las noticias de diarios panameños e internacionales que daban cuenta de la condena, incluyendo un enlace directo en el que se podía leer y obtener la sentencia completa emitida por el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales.

El escrito de Figbar fue admitido al voluminoso expediente penal por el juzgado de instrucción.

Reacciona Martinelli

A los pocos días, la defensa de Martinelli reaccionó presentado su oposición a la admisión al expediente español de las noticias que incluían la sentencia panameña.

Para los abogados del ex mandatario, las fuentes abiertas “no son evidencia en absoluto de nada”, son manipulables y el enlace digital, según ellos, no respetaba los principios de integridad, autenticidad y confiabilidad.

Para la defensa, además, no quedaba clara la pertinencia de la sentencia con el caso español y alegaban también que esta aún no había adquirido firmeza.

Hablan las partes

Figbar subrayó la pertinencia directa con el caso: se acreditó la reunión que tuvo lugar en la Presidencia, con Martinelli a la cabeza y los más altos ejecutivos de FCC, en la que se discutió sobre el pago de sobornos y la manera de blanquearlos.

Y, en cuanto a la integridad y confiablidad, no había más que leer la propia resolución judicial dictada por el Juzgado Segundo Liquidador para evidenciar que no había manipulación noticiosa posible.

María Teresa Gálvez, la fiscal de la causa, por su parte, consideró que, si bien la incorporación de documentos obtenidos por fuentes abiertas tiene un valor limitado, este hecho no impide su incorporación a las actuaciones en esta fase de la instrucción y que ya habrá momento para valorar su fuerza probatoria en la etapa del juicio oral.

Por lo tanto, solicitó la desestimación de la pretensión de la defensa.

Decisión

Ismael Moreno, magistrado titular del Juzgado Central de Instrucción No.2, coincidió con el criterio de la fiscalía. Ha desestimado el recurso que presentaron los abogados de Martinelli.

El texto de la sentencia (que aún no está en firme porque el ex presidente ha apelado), con la detallada descripción de la trama de blanqueo de fondos utilizados para la compra del grupo periodístico Epasa, está ahora a disposición de la justicia española.



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