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Demandan por inconstitucional artículo del ‘Código Electoral’ sobre la elección de diputados al Parlacen

Demandan por inconstitucional artículo del ‘Código Electoral’ sobre la elección de diputados al Parlacen
Panamá es uno de los países miembros del Parlacen. Archivo

Una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 461 del Código Electoral, por el cual se regula la escogencia de la curules de diputados al Parlamento Centroamericano (Parlacen) fue presentada ante la Corte Suprema de Justicia por el abogado Moisés Bartlett.

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Según la demanda, el método usado en Panamá para la escogencia de los diputados al Parlacen eliminó la posibilidad de que los candidatos a dicho organismo sean elegidos mediante una votación popular o sufragio universal.

El recurso además dice que los electores panameños no pueden escoger libremente a qué aspirantes a diputados del Parlacen le pueden dar el voto de manera directa en una papeleta de votación, al igual que se hace con el Presidente de la República, los diputados de la Asamblea Nacional y los alcaldes y representantes de corregimiento.

La demanda plantea que el artículo 461 del Código Electoral precisa que “las curules de los diputados al Parlacen se asignarán a cada partido o candidato presidencial por libre postulación que hayan postulado candidatos a dicho organismo internacional, mediante un sistema de representación proporcional en atención a los votos obtenidos por cada partido político o candidato presidencial independiente”. Esa disposición agrega que “solo participarán en la asignación de curules los partidos que hayan subsistido y candidatos por la libre postulación que hayan obtenido el mínimo de 2% de los votos válidos”.

El recurso plantea también que la disposición viola los artículos 4, 17, 32 y 135 de la Constitución y el artículo 2 del Tratado Constitutivo del Parlacen.

Demandan por inconstitucional artículo del ‘Código Electoral’ sobre la elección de diputados al Parlacen
La demanda presentada por el abogado Moisés Bartlett sostiene que electores deben tener derecho a escoger de manera directa en una papeleta a los diputados al Parlacen. Archivo

Explica que hay una clara violación del artículo 135 de la Constitución en el que se establece que “el sufragio es un derecho y un deber de todos los ciudadanos y que el voto es libre, igual, universal, secreto y directo”. Sostiene que los electores no tienen la oportunidad de elección directa de los aspirantes a diputados del Parlacen con dicta esta norma.

El abogado advierte que se viola el artículo 2 del Tratado Constitutivo del Parlacen, que establece que los diputados a ese organismo serán escogidos mediante sufragio universal, directo y secreto.

Alega el demandante que los electores panameños, el día de las elecciones, deben tener la oportunidad de contar con una papeleta en la que figuren todos los candidatos postulados al Parlacen por cada partido político o candidato a presidente por la libre postulación.

Demandan por inconstitucional artículo del ‘Código Electoral’ sobre la elección de diputados al Parlacen
Los hermanos Luis Enrique Martinelli (arriba) y Ricardo Alberto Martinelli (abajo) en la sede del Parlamento Centroamericano, sub sede Panamá. EFE/Bienvenido Velasco

El Parlacen volvió a la agenda nacional, luego que los hermanos Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares, hijos del expresidente Ricardo Martinelli, se juramentaran como diputados suplentes del Parlacen, con el propósito de dilatar los juicios de los casos Blue Apple y Odebrecht. En ambos procesos están imputados por la presunta comisión de blanqueo de capitales.



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