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La Corte no suspendió la resolución que dio crédito de $22.8 millones a la Asamblea

La Corte no suspendió la resolución que dio crédito de $22.8 millones a la Asamblea
La respuesta de los magistrados de la Sala Tercera llega ocho meses después de que Ricardo Lombana tocara las puertas del tribunal. Archivo

La Sala Tercera Contencioso Administrativa de la Corte Suprema de Justicia no accedió a la suspensión de la resolución 81 del 27 de octubre 2020 del Consejo de Gabinete, que aprobó un crédito extraordinario de $22.8 millones a favor de la Asamblea Nacional.

La mencionada resolución fue demandada por Ricardo Lombana, excandidato presidencial independiente, a raíz de que el crédito se usaría para pagar la planilla 002, de personal transitorio del Legislativo, y lo correspondiente al décimo tercer mes. En noviembre de 2020, cuando acudió a la Corte, Lombana pidió que se declarara “nula por ilegal” la mencionada resolución, porque a su juicio esa partida otorgada a la Asamblea violaba “las normas legales y reglamentarias que regulan el presupuesto del Estado, y la responsabilidad social fiscal”.

Sin embargo, en el edicto No. 2311, colgado en la secretaría de la Sala Tercera, y que lleva las firmas de los magistrados Luis Ramón Fábrega, Carlos Vásquez y Cecilio Cedalise, se niega la solicitud de suspensión de los efectos de la citada resolución.

La respuesta de los magistrados de la Sala Tercera llega ocho meses después de que Lombana (23 de noviembre de 2020) tocara las puertas del tribunal, y en momentos en que la Asamblea, presidida ahora por el perredista Crispiano Adames, se prepara para discutir el presupuesto de 2022. Al igual que en los periodos pasados, la Comisión de Presupuesto —donde se analizarán los miles de millones con los que funcionará el Estado el próximo año— está en manos de Benicio Robinson, quien a finales de 2020 no tomó en cuenta las críticas ciudadanas por los $22.8 millones para planilla, en medio de la crisis por la Covid-19.

Este medio intentó obtener una reacción de Lombana sobre la negativa de la Sala Tercera de suspender los efectos de la resolución, pero no contestó las llamadas, ni los mensajes enviados a su celular.


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