TELECOMUNICACIONES

Identificarán a dueños de prepago

El TE está obligado a abrir su base de datos para que las telefónicas verifiquen la identidad de nacionales y extranjeros que adquieran una línea prepago.

Identificarán a dueños de prepago
El diputado panameñista Florentino Ábrego fue el proponente de dicha propuesta.

De llegar a sancionar el presidente de la República, Juan Carlos Varela, el proyecto de ley 512, “que regula el uso de las líneas móviles prepago”, el Tribunal Electoral (TE) y el Servicio Nacional de Migración quedarán obligados a brindar acceso gratuito de sus bases de datos a los concesionarios de servicios de telecomunicaciones, a sus distribuidores y comercializadores para la verificación de la identidad de nacionales y extranjeros que adquieran una “línea telefónica prepago”.

Y es que el proyecto que fue aprobado la semana pasada en tercer debate por el pleno de la Asamblea Nacional hace obligatorio que todo aquel que compre, revenda o distribuya chips prepagados deberá solicitar al ciudadano todos sus datos personales. De no hacerlo, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos impondrá multas que van de $50 a $5 mil.

El proyecto, según su proponente, el diputado panameñista Florentino Ábrego, busca que se identifique a quién pertenece la línea telefónica, “ya que en muchas ocasiones desde los centros penitenciarios son utilizados indebidamente para llevar a cabo actividades delictivas”.

Aseguró que el registro de los datos personales ayudaría a todas las empresas concesionarias, a los distribuidores, a los agentes autorizados, a los revendedores de telefonía móvil, fija y troncal y los internet-café que prestan dichos servicios a identificar a cada uno de sus usuarios.

Este proyecto de ley modifica y adiciona artículos de la Ley 51 de 2009, “que dicta normas para la conservación, la protección y el suministro de datos de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones y adopta otras disposiciones”.

En ese sentido, el documento plantea, por ejemplo, en su artículo 2, que “para la distribución y venta del servicio de líneas telefónicas prepagadas, las empresas (...) deberán contar con los medios necesarios para recabar y conservar la información de identificación del cliente”.

Además, señala que en el caso de los distribuidores y comercializadores autorizados, deberán remitir esta información “a las empresas concesionarias correspondientes, una vez realizada la venta”. Agrega que toda persona que cuente con una línea telefónica prepago está en la “obligación” de registrar sus datos personales a través de los mecanismos que faciliten las empresas.

 PLAZOS PARA EMPRESAS

Dentro del proyecto se establece que las compañías concesionarias que brinden el servicio de telefonía prepagada tendrán “un plazo de un año” para registrar debidamente a sus clientes activos.


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