Economía

Exclusiva. Costa Rica propone un acuerdo con Panamá por fallo de la OMC

Producción láctea de Costa Rica Las exportaciones de productos lácteos de Costa Rica están restringidas por Panamá. Cortesía.

El ministro de Comercio Exterior de Costa Rica, Manuel Tovar, aseguró que en diciembre de 2024 su gobierno presentó a Panamá una propuesta para garantizar una resolución definitiva en el conflicto comercial vinculado con la industria láctea y productos agropecuarios.

Tovar habló vía telefónica con La Prensa, este miércoles 22 de enero, luego de que Panamá dijo que apelaría el fallo de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en el que se favoreció al vecino país, tras una consulta que data del año 2020.

El funcionario destacó que busca “evitar una apelación al vacío” y proyectar una imagen positiva a nivel internacional. Sin embargo, afirmó que hasta el momento no han recibido respuesta por parte del gobierno panameño.

Esta propuesta fue presentada a Panamá, según Tovar, en función de que el mecanismo de apelación de la OMC no está operando de forma eficiente, lo que podría prolongar indefinidamente la resolución del conflicto.

Panamá frenó la entrada de productos lácteos y algunos de tipo agrícola, al considerar que Costa Rica no cumplían con ciertas medidas fitosanitarias.

En su momento, Panamá decidió inhabilitar 26 plantas costarricenses que procesan productos cárnicos y lácteos, debido a que las autoridades del vecino país no entregaron a tiempo la documentación requerida para continuar con la renovación de los permisos sanitarios, según señaló en su momento la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos.

Además, la Unión Nacional de Productores Agropecuarios de Panamá (Unpap) aseguró en su momento que ambos países manejan normativas diferentes sobre brucelosis.

En Panamá, el decreto 20 de 1995 exige la cuarentena y sacrificio de animales infectados, mientras que en Costa Rica se permite controlar la enfermedad mediante vacunación, evitando el sacrificio masivo.

Costa Rica, por su lado, siempre ha alegado que Panamá nunca sustentó técnicamente la restricción comercial.

En lo que respecta al camino que se podría tomar después del fallo de la OMC, Tovar afirmó que “algunos países han recurrido a un acuerdo plurilateral para dar certeza, en caso de que alguna parte decida apelar a un litigio, de que va a haber un final”.

Según Tovar, las restricciones han generado pérdidas significativas para ambas partes. “Costa Rica ha dejado de exportar productos por un valor de entre 30 y 35 millones de dólares anuales, pero también ha perdido el consumidor panameño, quien no tiene acceso a productos costarricenses de calidad”, señaló.

De igual forma, subrayó la importancia de mantener buenas relaciones y evitar medidas que erosionen la confianza entre ambos países. “Hay muchas cosas que podemos hacer juntos. Si sumamos lo bueno que hace Panamá con lo bueno que hace Costa Rica, seríamos la envidia de la región”.

Panamá decidió inhabilitar 26 plantas costarricenses que procesan productos cárnicos y lácteos en el 2020, debido a que las autoridades del vecino país no entregaron a tiempo la documentación requerida para continuar con la renovación de los permisos sanitarios.

—  Origen de la restricción

La propuesta de Costa Rica implicaría fijar términos, condiciones y fecha límite en el caso de que Panamá decida apelar la decisión de la OMC. Si vencido ese periodo el organismo no tiene una postura, entonces se procedería con las medidas acordadas.

Previamente, la Cámara Nacional de Productores de Leche (CNPL) de Costa Rica había expresado su rechazo a la posible apelación por parte de Panamá al fallo de la OMC.

Sin embargo, Alicia Jiménez, presidenta de Fedecámaras, que agrupa empresas del sector comercio, industria y agropecuario panameño, afirmó que ahora le correspondía a Panamá apelar la decisión para que la OMC vuelva a reevaluar su dictamen, pues el país cuenta con suficientes argumentos que comprueban que las restricciones se aplicaban debidamente.

El panel arbitral de la OMC determinó que Panamá incumplió varios acuerdos internacionales, incluidas demoras injustificadas en la tramitación de aprobaciones sanitarias, exigencias de información excesiva y restricciones comerciales arbitrarias.

Asimismo, el fallo, emitido el pasado 5 de diciembre de 2024, debe ser adoptado por Panamá, entre 20 y 60 días.

El Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), tendría hasta el 3 de febrero para apelar la decisión y argumentar las razones por las cuales no se han levantado las restricciones de importación al país vecino.

Al momento de preparar esta nota, el Mici no había dado su versión respecto a este tema. Voceros de la entidad indicaron que el ministro Julio Moltó, quien se encuentra en Davos, es el único autorizado para hablar de este tema. Por el momento no ha reaccionado.