Los artistas y profesiones libres, que no debían utilizar el método de facturación electrónica, ahora tampoco tendrán que portar una certificación que así lo valide.
La Dirección General de Ingresos (DGI) derogó la resolución número 201-7263 del 30 de octubre de 2024, publicada en Gaceta oficial el 12 de noviembre, que establecía el procedimiento de excepción de equipos fiscales o del sistema de factura electrónica de Panamá para estos profesionales.
En una nueva resolución firmada por el director de la DGI, Camilo Valdés, la 201-7826 del 14 de noviembre, se resolvió derogar los requisitos de la solicitud de excepción de equipos fiscales y del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá para las profesiones liberales, como médicos, abogados entre otros. Esto significa que estas personas ya no tendrán que acudir a la DGI por esta certificación, que los exime de usar factura electrónica.
A cambio de esto, la DGI buscará el mecanismo para llegar a un consenso con los diferentes gremios de profesionales sobre el método de facturación que deberán emplear.
El 17 de julio de este año, un fallo de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional un parágrafo de la Ley 256 del 26 de noviembre de 2021, que establece la obligatoriedad de expedir facturas electrónicas.
La DGI había establecido unos requisitos para que tanto los profesionales liberales, artesanos y artistas pidieran una certificación e incluso actualizaran en un plazo de tres meses sus datos en el registro.
Estos requisitos quedaron sin efecto y se está a la espera de un nuevo mecanismo que ideará la DGI para acordar el método de facturación que podrán usar estos profesionales, distinto a la factura electrónica de la cual están eximidos.