La reforma pensional que ha recomendado el Ejecutivo plantea cambios importantes para los trabajadores independientes.

  • De acuerdo con la norma actual, el trabajador independiente puede cotizar sobre la base de un ingreso total mínimo de $800 al mes.

  • Un cambio importante es que el proyecto de ley no menciona un ingreso mínimo requerido. Esto implica que los trabajadores, independientemente del monto mensual de sus ingresos, podrían hacer aportes a su jubilación.

  • Esta medida pretende ampliar la base o cantidad de cotizantes de la Caja de Seguro Social (CSS).

  • Al ingreso total declarado se le hace una deducción del 48%, por lo que el aporte de pensión se calcula sobre el 52% del ingreso. Esto sigue siendo igual en el proyecto de reformas.

Ejemplo del cálculo con las reformas

  • Bajo el sistema actual, si el trabajador declarase $800 dólares, los aportes destinados expresamente a la jubilación se calcularían sobre $416. De acuerdo con lo explicado, esto sigue siendo así.

  • La cuota que debería realizar partir de la reforma es del 18% sobre los $416, es decir, $74.88 cada mes.

  • El aporte del 18% de los trabajadores independientes ( por el 52% de sus ingresos) es una contribución equivalente al 9.75% que se le aplica a todos los trabajadores asalariados sobre la totalidad de sus salarios.

Normativa Actual (Ley 51 de 2025)

  • En la norma vigente, la cuota pagada por los independientes es de 22%.

  • Esta cuota está calculada así: 13.5% del ingreso con la deducción del 48%, aplicado al programa de pensiones y 8.5% del ingreso total declarado, aplicado al programa de Salud y Maternidad. Importante notar que la base del cálculo (el ingreso neto de la deducción, y el ingreso total) para cada programa es diferente.

  • En este caso, si el trabajador declara los $800, paga $68 por la cobertura médica, más $56.16 de pensión. Esto hace un total de $124.16 al mes.

Opcionalidad en la cobertura de salud

  • Bajo la reforma, el programa de Enfermedad y Maternidad será opcional para los trabajadores independientes.

  • Si el trabajador opta por esta cobertura, deberá aportar un 8.5% adicional de sus ingresos declarados.

  • Es decir, el 18% del aporte para IVM (que se hace sobre el 52% del ingreso total) y el 8.5% del 100% del ingreso total para el programa de enfermedad y maternidad. Lo que plantea un alza, en caso de que se decida por hacer los aportes a los dos sistemas.

  • El aporte pasaría de $124.16 a $142.88. El alza está muy por debajo de lo que tendría que pagar una persona por un seguro privado de salud.

  • De acuerdo con lo que han explicado hasta el momento, esto es necesario para que la pensión pueda ser viable y alcanzar tasas de reemplazo apropiadas.

NOTA: Si usted es un trabajador independiente, aplique con sus ingresos los cálculos a los que se refiere este artículo para determinar los aportes que le tocaría hacer en caso de que se aprueben las reformas tal cual han sido presentadas.