Elecciones 2029 en la ruta: las reglas del juego comienzan a definirse

Elecciones 2029 en la ruta: las reglas del juego comienzan a definirse
Sesión de la Comisión Nacional de Reformas Electorales. Foto: Cortesía Tribunal Electoral

El Tribunal Electoral (TE) ya tiene la mirada puesta en las elecciones generales de 2029. Algunas fechas que giran en torno a este evento ya están definidas; por ejemplo, el inicio del periodo electoral, que será a partir del 1 de junio de 2027, según explicó este martes 25 de noviembre Rubén Darío González, director de Organización Electoral del TE.

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Sin embargo, antes de ese día hay mucha tela que cortar. Como, por ejemplo, aprobar las reglas del juego de esos comicios: las reformas al Código Electoral. Esta tarea básicamente tiene tres pasos: el debate en la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE), que se reúne cada jueves para alcanzar consensos sobre el tema; la discusión en la Asamblea Nacional, que finalmente define cómo quedará la ley electoral; y, por último, la sanción presidencial.

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Instalación de la Comisión Nacional de Reformas Electorales. Foto: Cortesía Tribunal Electoral

En la CNRE el debate está en la recta final. Ya se han aprobado cuatro de los cinco bloques de reformas, y se estima que las sesiones concluyan en enero de 2026 y que el paquete de reformas se presente a la Asamblea entre febrero y marzo del próximo año.

La nómina presidencial y el caso Mulino

Entre los temas aprobados por la CNRE, instancia en la que participan partidos políticos, candidatos independientes, representantes de la sociedad civil y autoridades electorales, destaca el relacionado con la conformación de la nómina presidencial. En particular, se buscó aclarar qué ocurre cuando el candidato a la Presidencia resulta inhabilitado.

El vacío quedó en evidencia durante el torneo electoral de 2024, cuando el TE inhabilitó a Ricardo Martinelli tras su condena por blanqueo de capitales en el caso New Business. Su compañero de fórmula era José Raúl Mulino, hoy presidente de la República, pero la ley electoral vigente no establece con claridad cómo se reemplaza al candidato presidencial en un escenario de ese tipo.

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José Raúl Mulino, presidente de la República. Foto: Cortesía

Por esa razón, en una de las últimas sesiones, la CNRE aprobó una propuesta presentada por los magistrados del TE para subsanar el vacío. Quedó así: si vencido el periodo de postulación el candidato a presidente pierde su carácter de postulado, el aspirante a vicepresidente asumirá su lugar como candidato presidencial y designará a quien lo acompañará como vicepresidente. En cambio, si quien pierde la postulación es el candidato a vicepresidente, el aspirante a presidente será quien nombre a su nuevo compañero de fórmula.

Fuero electoral limitado

Otro de los temas más controversiales es el que tiene que ver con el fuero penal electoral. Pese a la oposición de los representantes de los distintos partidos políticos en la mesa, la CNRE acordó reducir el número de personas que gozan de esta coraza legal.

La propuesta aprobada establece que solo mantendrán el fuero penal electoral: los presidentes y secretarios generales de partidos políticos, los candidatos, los miembros de la directiva del cuerpo de delegados electorales, los entes electorales de los partidos políticos, los miembros de las corporaciones electorales y los funcionarios electorales.

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Comisión Nacional de Reformas Electorales. Cortesía/TE

De acuerdo con el artículo 305 del Código Electoral, el fuero penal electoral es el derecho que tienen los presidentes, vicepresidentes, secretarios y subsecretarios generales de los partidos legalmente constituidos; los candidatos; delegados electorales; entes electorales de los partidos políticos; miembros de las corporaciones electorales; funcionarios electorales, y enlaces para no ser investigados, detenidos, arrestados o procesados en materia penal, policiva o administrativa, siempre que estas últimas involucren la imposición de una pena privativa de la libertad, sin que medie autorización expresa y previa de los juzgados administrativos electorales, salvo en caso de flagrante delito.

La paridad

El pasado jueves, la CNRE decidió sobre otro de los temas más candentes: la participación de las mujeres en la política, específicamente la paridad de género. Actualmente la ley electoral dice que los partidos políticos deben postular 50% de mujeres y 50% de hombres del total de cargos por elección popular, a excepción del cargo de presidente.

No obstante, por años, grupos de mujeres se han quejado porque consideran que esa normativa tiene una “válvula de escape”, pues si la Secretaría de la Mujer de un partido comprueba que hay menos mujeres que el porcentaje que hace la paridad, el partido puede postular hombres a esas candidaturas.

Por eso surgió la siguiente propuesta: “los cargos que no cumplan con los requisitos de paridad serán rechazados de plano”. No obstante, no fue aprobado.

Cuando llegue a la Asamblea, las reformas deberán ser discutidas en la Comisión de Gobierno, que preside el diputado Luis Eduardo Camacho, de Realizando Metas.


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