En una mañana lluviosa, después de haber lidiado con el descomunal tranque, llegué a un juzgado y encontré a un colega abogado pidiendo un expediente, que lleva más de 10 años sin sentencia. La secretaria le dijo que no podía revisar el expediente, porque este se encontraba en el despacho de la jueza, y ella estaba en un seminario. Visiblemente frustrado, angustiado y triste, se marchó ese profesional del derecho.

El Código Judicial, en su artículo 619, que se refiere a los abogados y/o apoderados judiciales, establece que a estos se les considera colaboradores del Órgano Judicial y que, en el ejercicio de sus funciones, se les debe guardar respeto y consideración. Sin embargo, tal disposición es simplemente decorativa o, peor aún, letra muerta, pues el trato que le dispensan a los abogados los funcionarios judiciales, en no pocos casos, no solo es displicente y desconsiderado, sino de extrema insensibilidad humana, por cuanto sus casos no se resuelven de manera rápida, eficiente, objetiva ni justa.

Ante esa inaceptable y reprochable realidad, altos personeros de nuestro sistema judicial y de la sociedad civil organizada reconocen y afirman que la administración de justicia panameña ha “colapsado’’. No obstante, tal “colapso’’ solo parece perjudicar a los sectores desvalidos de la población, y a sus modestos abogados y/o apoderados judiciales, por cuanto las grandes firmas forenses y los abogados traficantes de influencias, mediante el ejercicio de la corrupción, tramitan y terminan los casos que atienden, como si estuviesen rodando en un tren bajo rieles de acero.

En realidad, lo que se denomina la “mora judicial’’ impacta y ahoga, fundamentalmente, a los ciudadanos humildes y desvalidos; no así a las personas y sectores poderosos del país. Un ejemplo claro y vergonzoso de este drama lo constituye el hecho de que mientras muchos políticos corruptos, de todas las épocas, han saqueado las arcas del Estado panameño, ellos se encuentran en sus faraónicas propiedades o andan por la calle muy tranquilos y felices. Por otra parte, hay miles de panameños que no ven la hora o la fecha en que sus casos se terminen en los juzgados o tribunales o, lo que es más grave, están pudriéndose en las cárceles siendo inocentes, porque no se le ha realizado el juicio correspondiente. Las cárceles ilustran la decrepitud del sistema, el 63% de los detenidos son “presos sin condena’’.

Hemos llegado al punto de no saber qué instituciones públicas están peores. ¿La Caja de Seguro Social (CSS), el Órgano Judicial o la Defensoría del Pueblo, entre muchas otras? Estas entidades públicas son ejemplos insignes del mal gobierno que tenemos, porque sin salud no hay vida satisfactoria, y sin justicia y respeto a los derechos humanos no hay paz social. En síntesis, pareciera que todo el gobierno actualmente se encuentra caminando, de manera torpe e incompetente, sobre el filo de un “gran colapso nacional’’, que agudiza la falta de seguridad pública. La morosidad judicial per se atribuida al Órgano Judicial, a mi juicio, es un acto delictivo, ya que, pese al esfuerzo profesional y a las gestiones de los abogados litigantes, los expedientes se van abarrotando en gavetas o en cualquier rincón de los juzgados o tribunales, llenándose de polvo y telarañas, mientras que ciertos juzgadores se la pasan chateando por celular, comiendo mafá o, simplemente, sentados de brazos cruzados. Con suprema tristeza reconocemos que pocos juzgadores interpretan cabalmente las ansias de justicia de los panameños, mientras otros practican la “guerra de chequera’’ y la indolencia. De allí que el “vía crucis’’ de los abogados pareciera no tener fin ni remedio alguno; máxime si se toma en cuenta que por la desidia del Gobierno y la supuesta falta de recursos económicos la carrera judicial no se ha podido implementar, dejando sin efecto el Tribunal de Integridad y Transparencia, encargado de investigar y juzgar, disciplinariamente, a los funcionarios judiciales abusivos.

Tal situación no le deja a los abogados nada más que la opción de impulsar la constituyente nacional y barrer las obsoletas estructuras jurídicas. Es hora de que los abogados, en los casos que procede, promuevan denuncias penales en contra de esta clase de funcionarios judiciales, con fundamento legal en los artículos 355 y 356 del Código Penal, en concordancia con los artículos 316 y 518 del Código Judicial, pues no fallar en los términos legales establecidos, y a ciencia, paciencia y complicidad de los superiores jerárquicos, evidentemente, encuadra en los delitos de abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos. Debemos comprometernos todos los panameños, sociedad civil, sindicatos obreros, gremios empresariales y universidades, para erradicar o minimizar el flagelo de la corrupción, teniendo presente las palabras del máximo jerarca del Vaticano, el papa Francisco: “Quien le da de comer a sus hijos con dinero de la corrupción le da a comer pan sucio”.