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Reforma tributaria: Sí, por dos vías

Si vamos a exigirle sustancia económica al de afuera, exijámonos sustancia operativa adentro.

Reforma tributaria: Sí, por dos vías
LA PRENSA/ Archivo

Hace unos meses escribí sobre por qué tantos asalariados en Panamá terminan renunciando a su propio dinero. La conclusión era incómoda: en el papel existe justicia tributaria; en la práctica, el sistema empuja al contribuyente a desistir.

Hoy el país discute una reforma fiscal importante. Pero gran parte del debate está mirando hacia afuera, cuando una parte esencial del problema sigue estando adentro.

La reforma del Código Fiscal presentada por el ministro Felipe Chapman incorpora el concepto de sustancia económica: las multinacionales tendrán que demostrar actividad real en Panamá o pagar 15% de impuesto sobre la renta bruta. La medida es necesaria y puede ayudar, por fin, a que la Unión Europea nos saque de su lista. Bien.

Pero al leer la reforma surge una pregunta simple: si vamos a exigirle sustancia económica al que viene de afuera, ¿cuándo vamos a exigirle sustancia operativa al Estado que está adentro?

El fiscalizador fuerte y la institución lenta

El Gobierno tiene hoy probablemente el mejor equipo técnico-tributario en años, y los números macro lo confirman: la DGI cerró 2025 con 13.4% de crecimiento en ingresos tributarios y la lotería fiscal superando los 114 millones mensuales.

Pero una cosa es la capacidad técnica arriba. Otra, muy distinta, es lo que vive el contribuyente abajo.

Quienes acompañamos trámites tributarios todos los días vemos otra realidad: la tramitación interna sigue paralizada en demasiados frentes. Hay funcionarios que responden con vaguedad cuando se les pregunta sobre temas técnicos, y con errores cuando se les consulta sobre aspectos básicos. Hay devoluciones detenidas por meses en pasos triviales. Expedientes que ya fueron auditados, ya pasaron por todas las instancias y, aun así, no avanzan porque falta una firma. Una firma.

Parte de esto tiene una explicación conocida: los recortes presupuestarios se llevaron a funcionarios que sabían cómo se movía cada engranaje. El relevo todavía está aprendiendo. El problema es que ese aprendizaje no tiene rumbo claro, y el costo de esa curva lo termina pagando el contribuyente.

“Si una devolución ya fue auditada y aprobada, no puede quedar meses engavetada esperando una firma”.

El TAT, la asimetría y el silencio que nadie regula

Hay un problema estructural que esta reforma podría corregir y que rara vez se discute en voz alta: en Panamá, el contribuyente vive bajo plazos perentorios para declarar, sustentar, corregir, pagar y apelar. La administración, en cambio, opera sin plazos efectivos cuando le toca devolver, certificar o ejecutar una decisión.

El caso más visible es el del Tribunal Administrativo Tributario. Una vez el TAT falla a favor del contribuyente, esa decisión tiene que ejecutarse en la DGI. Y ahí, con frecuencia, el reloj simplemente se detiene. No es excepcional encontrar resoluciones del TAT esperando ejecución en Cuenta Corriente por seis, ocho o más meses, sin un mecanismo claro que obligue a la DGI a moverlas. El mérito jurídico está reconocido; lo que falta es la acción administrativa.

Aquí es donde Panamá se quedó corto. En otras jurisdicciones de la región, cuando la administración tributaria no resuelve en el plazo legal, opera el silencio administrativo positivo: el recurso o la solicitud se entiende fallada a favor del contribuyente. Es una herramienta poderosa porque equilibra la balanza: si el Estado le exige al contribuyente cumplir plazos bajo amenaza de sanciones, el contribuyente debería poder exigirle al Estado cumplir los suyos bajo alguna consecuencia real.

Una reforma seria del Código Fiscal debería, como mínimo:

  1. Establecer plazos vinculantes para la DGI en devoluciones, ejecuciones de fallos del TAT y respuestas a peticiones del contribuyente.

  2. Introducir alguna forma de silencio administrativo positivo o, al menos, un mecanismo de compensación automática cuando esos plazos se incumplan.

  3. Reconocer y publicar anualmente la mora del Estado con el contribuyente: cuánto se debe en devoluciones y créditos fiscales reconocidos, desde cuándo se debe y cuánto tarda en pagarse. La mora del contribuyente se cobra con intereses y recargos; la mora inversa hoy no tiene ni siquiera un registro público.

  4. Acompañar todo lo anterior con una digitalización real, no decorativa. Tenemos factura electrónica, e-Tax y los datos. Lo que no tenemos es integración: la DGI no conversa con el municipio, ni con la ANATI, ni con el Registro Público. El contribuyente termina siendo el mensajero entre instituciones que deberían intercambiar información de forma automática.

Modernizar la ley sin modernizar la infraestructura, y sin imponerle plazos al Estado, es legislar para el papel.

Un modelo que ya existe dentro del mismo país

Y vale recordar que esto no es una utopía importada. Dentro del propio Estado panameño ya existe un modelo de digitalización funcionando: la Alcaldía de Panamá, bajo la administración de Mayer Mizrachi, ha avanzado hacia trámites 100% digitales en buena parte de sus permisos, y el alcalde ha dicho públicamente que está abierto a colaborar con otras instituciones.

Si esa disposición existe, lo lógico es que la colaboración ocurra. No como gesto político, sino como política pública.

La sustancia empieza en casa

Que las multinacionales tengan que demostrar que están aquí de verdad es justo. La misma vara debería aplicarse al Estado.

Una administración tributaria con sustancia real es una que devuelve cuando le toca devolver, ejecuta los fallos del TAT cuando le toca ejecutarlos, firma cuando le toca firmar, responde con criterio técnico, mide su propia deuda con el contribuyente y opera bajo plazos que tengan consecuencias cuando no se cumplen.

Hoy Panamá tiene la ventana legislativa abierta. Lo que falta no es diagnóstico. Lo que falta es decisión: que esta reforma fiscal no se mida solo por cuánto logra cobrar, sino por qué tan rápido, qué tan justo y qué tan digital es el Estado cuando le toca devolver.

“Si vamos a exigirle al de afuera que demuestre que está aquí de verdad, primero demostremos que el Estado está aquí de verdad para el contribuyente que ya está adentro”.

El autor es empresario.


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