Panamá no carece de un marco normativo para enfrentar la delincuencia. Lo que falta es una ejecución pública, continua, territorial, presupuestada y evaluable que convierta la Ley 328 de 2022 en resultados verificables. Cuando esa conducción falla, la Policía, la investigación penal, el Ministerio Público, los gobiernos locales y el sistema penitenciario terminan administrando la crisis después de que el delito ya ocurrió. El resultado es un Estado predominantemente reactivo, sometido a ciclos de operativos, allanamientos, capturas, endurecimiento punitivo y restricciones de movilidad, sin intervenir de manera sostenida las causas, los mercados ilícitos ni los microterritorios que producen violencia.

Panamá: una política reconocida por ley, pero débilmente ejecutada

Mediante la Ley 328 de 10 de octubre de 2022, Panamá adoptó una política de Estado orientada a prevenir las conductas delictivas mediante una herramienta científica, coherente y coordinada. Esta ley creó la Secretaría Ejecutiva, adscrita al Ministerio de Seguridad Pública, y le asignó la coordinación del Plan Nacional. También estableció un Consejo Nacional integrado por instituciones de seguridad, educación, gobierno, desarrollo social, economía, salud, cultura, trabajo y deporte, además de la academia y los gremios especializados. Su reglamentación añadió deberes de coordinación, evaluación, informes semestrales y rendición pública de cuentas.

Sin embargo, una política pública pierde eficacia cuando permanece en el papel mientras la delincuencia continúa transformándose. En ese contexto, que los estamentos de seguridad expresen que “se matan entre bandas”, que se trató de un “ataque entre pandillas” o que “el muerto tenía antecedentes penales” no constituye una explicación suficiente ni una respuesta jurídica o criminológica aceptable.

Ese tipo de afirmaciones desplaza la atención de la obligación estatal de investigar hacia la conducta o el pasado de la víctima, como si la violencia dejara de afectar a la sociedad por estar relacionada con personas que tenían antecedentes. Ningún antecedente penal elimina la dignidad de una persona ni la obligación de esclarecer su muerte, pues esta es una responsabilidad constitucional del Estado.

Además, aun cuando un hecho se origine en una disputa entre grupos, sigue revelando la existencia de estructuras criminales con financiamiento, organización, cohesión, control territorial y capacidad para reproducir actos violentos. La explicación de que se trata de un conflicto entre delincuentes no justifica que las víctimas queden sin tutela judicial efectiva ni que el Estado renuncie a prevenir nuevos hechos.

Cada homicidio, cada ataque y cada amenaza producen intranquilidad e inseguridad ciudadana y deben ser analizados con criterios científicos mediante planes operacionales e interinstitucionales. Las autoridades deben identificar quiénes integran esas estructuras, cómo se financian, qué territorios controlan, qué armas utilizan y qué vínculos mantienen entre sí.

Las fuentes oficiales muestran que, en septiembre de 2023, todavía se validaba un primer borrador del Plan Nacional y que, en enero de 2024, el proceso continuaba. Lo preocupante no es únicamente la demora, sino la falta de continuidad visible en las metas territoriales, el presupuesto, la asignación de responsables, el cronograma, los informes semestrales, la evaluación del impacto y la corrección de las medidas que no producen resultados.

Según el Sistema Nacional Integrado de Estadística Criminal (SIEC), entre 2023 y 2024 el total de delitos e incidencias registrados en Panamá aumentó aproximadamente un 3.2%. En ese mismo período, los hurtos pasaron de 15,812 a 17,221, lo que representa un incremento del 8.9%, y los robos aumentaron de 5,444 a 5,636, equivalente al 3.5%. En la serie específica de víctimas de homicidio, los casos pasaron de 556 en 2023 a 584 en 2024, para un aumento del 5%. Por su parte, las violaciones registradas crecieron de 3,272 a 3,657, es decir, un 11.8%. En materia de femicidio, el Ministerio Público reportó 15 víctimas en 2023 y 23 en 2024, equivalente a un incremento del 53%. En 2025 se registraron 593 homicidios, frente a 584 en 2024, lo que representa un aumento aproximado del 1.5%.

Finalmente, entre enero y mayo de 2026 se contabilizaron, conforme a las cifras preliminares revisadas, 251 homicidios, 2,207 robos y 7,181 hurtos. Estas cifras deben leerse con cuidado, porque el SIEC distingue entre delitos registrados y víctimas, pero, en cualquier caso, muestran una presión persistente sobre la prevención, la investigación y la respuesta institucional.

La génesis de las medidas reactivas de las autoridades

La génesis de las medidas reactivas de las autoridades encargadas de combatir el crimen se encuentra en el momento en que el diagnóstico, la prevención social y la coordinación interinstitucional llegan tarde. Entonces, la seguridad pública termina absorbiendo problemas que no puede resolver por sí sola: exclusión educativa y laboral, reclutamiento de jóvenes, circulación de armas, mercados de droga, control territorial de grupos, violencia intrafamiliar y reincidencia en centros penitenciarios utilizados como nodos criminales.

La Policía patrulla y captura; los investigadores reconstruyen hechos consumados; los fiscales y jueces tramitan expedientes, y las alcaldías restringen horarios. Todas esas funciones son necesarias, pero ninguna sustituye una política criminológica integral.

Pareciera que el actual sistema penal acusatorio (SPA) no está reprimiendo ni controlando adecuadamente los delitos de alto impacto con incidencia colectiva. Además, al cumplirse 10 años de su implementación en la justicia penal panameña, deben realizarse las modificaciones correspondientes, toda vez que, con el paso de los años, el sistema parece ofrecer cada vez menos garantías tanto para el procesado como para la víctima.

Esto no significa que las medidas preventivas, como la profilaxis social y criminal, la prevención primaria, la prevención secundaria y la intervención situacional, sean desacertadas, ni que las medidas reactivas después de ocurrido el delito carezcan de utilidad. El problema está en ejecutarlas de forma aislada, fragmentaria y discontinua.

La experiencia y las estadísticas muestran que la prevención pierde fuerza cuando no se conecta con la investigación y que la reacción llega tarde cuando no se apoya en información territorial, inteligencia y seguimiento de resultados. La respuesta adecuada exige que ambas dimensiones formen parte de una misma política de Estado, con objetivos definidos, períodos continuos, responsables identificables y evaluación pública.

Toques de queda: un control visible de impacto limitado

Los hechos conocidos y registrados a través de la estadística criminal muestran que la adopción de toques de queda surge cuando la crisis de seguridad ha descendido desde el nivel nacional hasta la administración local. Colón reglamentó en 2024 una restricción para menores; San Miguelito aplicó una medida focalizada en mayo de 2026 y, del 17 al 31 de agosto de ese año, la extendió temporalmente a Belisario Frías, Belisario Porras, Arnulfo Arias y Omar Torrijos, con horarios distintos entre semana y fines de semana. Estas decisiones pueden ofrecer una sensación inmediata de control, pero también muestran la ausencia de una respuesta sostenida que articule prevención, investigación y presencia estatal.

Como medida autónoma, el toque de queda no desarticula grupos violentos, no retira armas, no esclarece homicidios, no corta las finanzas ilícitas ni evita el reclutamiento. Un horario fijo puede anunciar cuándo comienza y termina la mayor vigilancia, facilitando la adaptación de quienes delinquen, el desplazamiento temporal de los hechos o su traslado a sectores vecinos.

Las revisiones sistemáticas de Campbell sobre toques de queda juveniles han encontrado efectos promedio cercanos a cero sobre el delito y la victimización, aunque también reconocen limitaciones metodológicas. Por eso, la afirmación técnicamente sostenible no es que nunca puedan servir, sino que su eficacia independiente es limitada: a lo sumo reducen temporalmente la exposición o facilitan controles específicos.

Si excepcionalmente se utilizan, deben ser temporales, focalizados y proporcionales, con excepciones claras, control de legalidad y medición antes, durante y después de su aplicación. Deben acompañarse de patrullaje imprevisible en puntos calientes, investigación de grupos e individuos altamente violentos, trazabilidad de armas, inteligencia financiera y penitenciaria, rutas seguras, intervención familiar y oportunidades reales para los jóvenes. La evidencia sobre puntos calientes y disuasión focalizada muestra reducciones modestas pero significativas y no indica que el desplazamiento sea inevitable cuando la intervención está bien diseñada.

Para comprender adecuadamente el fenómeno delictivo, resulta indispensable analizar cada modalidad criminal mediante una matriz criminológica específica. Esa matriz debe identificar la estructura y composición de los grupos involucrados; sus líderes, cabecillas y demás integrantes; las zonas donde operan; el control o la disputa territorial que ejercen, y su capacidad de movilidad.

También debe establecer la trazabilidad de sus vínculos con otras organizaciones nacionales e internacionales, especialmente cuando existan manifestaciones de delincuencia organizada transnacional, y determinar su participación en delitos precedentes, conexos o asociados. Del mismo modo, es necesario evaluar la respuesta institucional: la eficacia de la inteligencia policial y judicial, las deficiencias de las investigaciones, la calidad de los elementos de convicción presentados por el Ministerio Público y las decisiones de los jueces de garantías en materia de medidas cautelares, siempre dentro del marco de la independencia judicial y de las garantías del debido proceso.

Sin esta lectura integral, la política criminal corre el riesgo de reaccionar únicamente ante el hecho visible y no frente a la estructura que lo produce. Por ello, las medidas que se adopten deben traducir el diagnóstico en responsabilidades concretas, prioridades territoriales, investigaciones coordinadas y mecanismos de evaluación que permitan corregir a tiempo lo que no está funcionando.

Acciones relevantes e inmediatas ante la crisis

  1. Publicar y ejecutar el Plan Nacional: con metas a cuatro años, presupuesto etiquetado, responsables por institución y territorio, informe semestral y rendición anual verificable.

  2. Unificar la inteligencia criminológica: integrando SIEC, Ministerio de Seguridad, Ministerio Público, Órgano Judicial, sistema penitenciario, salud y municipios. Esta integración debe distinguir entre denuncias, víctimas, investigaciones, imputaciones, condenas, reincidencia y cifras no denunciadas.

  3. Concentrar la intervención: en los microterritorios, grupos e individuos que explican la violencia letal, mediante la revisión de cada homicidio, mapas de horario y lugar, trazabilidad de armas, identificación de vínculos, análisis de mercados ilícitos y seguimiento de la victimización repetida. Buena parte de esa información ya ha sido recopilada por los estamentos de seguridad y debe convertirse en decisiones operativas.

  4. Equilibrar prevención y reacción: con prevención primaria y secundaria sostenida, prevención situacional basada en problemas, investigación especializada, persecución patrimonial, protección de víctimas, rehabilitación y reinserción.

  5. Evaluar lo que funciona: mediante la tasa de homicidios y robos, el esclarecimiento de casos, el tiempo de respuesta, las armas recuperadas vinculadas a investigaciones, la reincidencia, la deserción escolar, la confianza ciudadana y el costo por resultado. Los programas que no demuestren eficacia deben corregirse o cerrarse, y los que sí produzcan resultados deben ampliarse con transparencia.

Desde nuestra perspectiva como dos juristas especialistas en materia penal y criminológica, concluimos que Panamá ya conoce, por experiencia propia y comparada, que ninguna receta única sirve para todos los ciclos socioeconómicos ni para todas las expresiones de la criminalidad.

La discusión no debe plantearse como una elección entre prevención y fuerza pública. La prevención sin capacidad de investigación deja intactas las estructuras que generan violencia; la reacción sin prevención produce intervenciones episódicas que se agotan después de cada operativo. La salida consiste en gobernar ambas dimensiones dentro de una política criminológica científica, territorial y evaluable: anticipar los riesgos, focalizar los recursos, investigar con rigor, sancionar conforme a la ley, reparar a las víctimas, rehabilitar a quienes puedan reintegrarse y medir los resultados.

El principal déficit no es la ausencia de diagnósticos, instituciones o facultades legales, sino la distancia entre lo que la ley ordena y lo que las autoridades ejecutan de manera sostenida. Mientras la Ley 328 permanezca sin una trazabilidad pública de su cumplimiento, con metas, presupuesto, responsables, cronogramas, informes y evaluación de impacto, la seguridad continuará administrando consecuencias en lugar de reducir riesgos.

En ese escenario, los municipios seguirán recurriendo a medidas visibles y de corta duración, y la ciudadanía recibirá mensajes de control que no necesariamente se traducen en menos violencia, más esclarecimiento o mayor confianza.

Una política criminológica seria tampoco puede clasificar a las víctimas según su pasado ni aceptar como explicación suficiente que determinados homicidios ocurren entre bandas. El Estado tiene el deber de investigar cada muerte, identificar las redes que la hacen posible y proteger a la comunidad frente a la repetición del daño.

Las decisiones judiciales sobre medidas cautelares deben adoptarse con independencia y conforme a la ley, pero el sistema debe asegurar que las investigaciones lleguen con elementos sólidos, que los riesgos procesales sean evaluados con seriedad y que las medidas impuestas sean supervisadas. Solo así se evita que la impunidad se convierta en un incentivo y que la prisión, la calle o el territorio sigan funcionando como espacios de reproducción criminal.

Los autores son exfiscal auxiliar y criminólogo, respectivamente.