Panamá necesita modernizar su derecho procesal civil para ofrecer una justicia más rápida, organizada y eficiente. Tradicionalmente, los conflictos en los tribunales se dividen en dos caminos: el proceso ordinario (para casos complejos) y el proceso sumario (para casos rápidos). Ambos se diferencian por sus plazos y trámites. Sin embargo, en la práctica judicial actual, esta división es ficticia y genera retrasos innecesarios. Es hora de fusionar ambos caminos en un proceso civil único.
Un ejemplo claro del problema es el manejo de las pruebas. La teoría dice que el proceso ordinario tiene fases separadas para demandar, contestar y presentar pruebas. Pero en la realidad, muchos jueces exigen que las partes presenten y anuncien todas sus pruebas en la primera etapa procesal. Aunque esto busca agilizar el caso, al no estar regulado con claridad, crea confusión y contradicciones. Si la práctica exige concentrar las pruebas desde el inicio, la ley debe decirlo explícitamente. De lo contrario, los ciudadanos quedan a merced del criterio de cada juez, lo que debilita la seguridad jurídica y el derecho a la defensa.
Unificar el proceso ordinario y el sumario simplificaría las reglas del juego. No significa tratar todos los problemas igual, sino crear una estructura común que se adapte a cada caso, orientada a la oralidad y a la resolución rápida.
Para lograrlo, tenemos grandes referentes en Panamá: el Sistema Penal Acusatorio (SPA), la jurisdicción marítima y los procesos de protección al consumidor. Estos modelos demuestran que las audiencias orales funcionan. En lugar de un eterno intercambio de papeles escritos, una audiencia preliminar permitiría al juez depurar el caso, admitir las pruebas válidas y definir el debate. Luego, en la audiencia de juicio, las partes defenderían sus argumentos frente a frente.
Este modelo basado en la oralidad reduce la dispersión del papeleo escrito, el cual suele alargar los pleitos con incidentes y solicitudes interminables. Además, garantiza la inmediación: el juez escucha directamente a los litigantes y toma el control activo del proceso, sin sustituir la responsabilidad de los abogados.
Por supuesto, esta concentración de pasos exige reglas claras. Si la ley obliga a presentar las pruebas desde la demanda, también debe contemplar excepciones justas, como la aparición de pruebas nuevas o documentos imposibles de conseguir a tiempo. La eficiencia no puede medirse solo por reducir plazos; debe respetar siempre el debido proceso y el derecho a defenderse en igualdad de condiciones.
Una reforma de este tipo también fomentará la lealtad procesal. Con reglas claras desde el inicio, los litigantes no podrán ocultar información ni usar los trámites para dilatar el conflicto. Eso sí, el cambio legal no basta. Se requiere capacitar al personal judicial, mejorar la tecnología y organizar los tribunales para que las audiencias ocurran a tiempo.
Modernizar la justicia no es recortar plazos a ciegas. Avanzar hacia un proceso civil único en Panamá fortalecerá la seguridad jurídica y nos dará la justicia eficiente que la ciudadanía exige.
La autora es abogada procesalista y profesora en la Universidad de Panamá.

