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Las históricas medidas de reciprocidad y defensa de Panamá frente a Costa Rica

Las históricas medidas de reciprocidad y defensa de Panamá frente a Costa Rica
El presidente Mulino felicita a Laura Fernández, presidenta electa de Costa Rica. Cortesía

En virtud de las últimas declaraciones de la presidenta de Costa Rica, el Gobierno Nacional de Panamá estableció que nuestro país actuará bajo el principio de reciprocidad en su relación con Costa Rica, tras las diferencias presentadas recientemente en materia comercial entre ambas naciones centroamericanas.

El presidente de la República de Panamá, en defensa de los intereses nacionales y, en particular, de los productores panameños, adoptó medidas restrictivas comerciales, incluyendo la suspensión de la venta de energía a Costa Rica, enfatizando que las relaciones internacionales deben manejarse con prudencia, respeto y moderación entre socios históricos.

Para contextualizar, Costa Rica exporta hacia Panamá casi diez veces más en valor comercial de lo que Panamá vende al país vecino, representando cerca del 50 % de los productos centroamericanos que importamos. Por tanto, el argumento de bloqueo comercial por Panamá carece de fundamento, especialmente considerando que la disputa jurídica se originó por el bloqueo costarricense a las plantas avícolas panameñas por supuestas razones técnicas sanitarias. En respuesta, el Gobierno de Panamá decidió aplicar medidas de reciprocidad para restringir la importación de productos lácteos, cárnicos, piña, bananos y otras mercancías costarricenses que no cumplen con aspectos técnicos sanitarios.

Este sentido de protección nacional ha sido evidente a lo largo de la historia comercial con Costa Rica, con acciones recíprocas en defensa de los intereses panameños, incluyendo medidas en el transporte internacional de carga terrestre y cierres de frontera durante la pandemia de COVID-19.

El comercio internacional y la integración regional se basan en principios de buena fe, solidaridad y cooperación. Durante la pandemia, específicamente en 2020, Costa Rica cerró sus fronteras e impuso restricciones sanitarias al ingreso y circulación de transportistas centroamericanos, incluidos los panameños. Esto provocó la respuesta inmediata de Panamá mediante las Resoluciones 136 y 137 de la Autoridad Nacional de Aduanas, aplicando medidas de reciprocidad en productos y transporte costarricenses, limitando rutas, depósitos autorizados y el tiempo de permanencia de conductores en territorio panameño. Estas medidas generaron molestia en el sector costarricense, pero el Consejo Intersectorial de Ministros de Centroamérica resolvió a favor de Panamá, con la apertura de las fronteras costarricenses. Durante 2024 surgieron nuevas reclamaciones del sector de transporte de Costa Rica, frente a las cuales Panamá aplicó nuevamente los mecanismos de reciprocidad establecidos en el reglamento centroamericano de transporte internacional de carga terrestre.

Finalmente, esta situación evidencia que cuando un país recurre reiteradamente a medidas de reciprocidad en respuesta a acciones que afectan intereses nacionales, podría reflejar un deterioro de la confianza mutua o tensiones estructurales en la relación bilateral. Sin embargo, queda claro que Panamá no aceptará un trato desigual o discriminatorio y siempre responderá con medidas legítimas, proporcionales, razonables y coherentes con su política exterior.

El autor es profesor Universidad de Panamá y exdiputado del Parlacen.


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